Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Sen. Tomás Vázquez Vigil (PRI) el 26 de abril de 2005. (LIX) Dictamen de Primera Lectura presentado el 9 de marzo de 2006. (LIX) Dictamen a Discusión presentado el 16 de marzo de 2006. Aprobado por 82 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Minuta recibida el 22 de marzo de 2006. Dictamen de primera lectura con dispensa de trámites presentado el 26 de abril de 2006. Aprobado por 312 votos. Se turnó al Ejecutivo Federal para los efectos del inciso a) del artículo 72 constitucional. Oficio de la Secretaría de Gobernación por el que remite observaciones del Ejecutivo Federal, recibidas en el Senado de la República el 5 de septiembre de 2006 Dictamen de Primera Lectura presentado el 1 de abril de 2008. Dictamen a Discusión presentado el 29 de abril de 2008. Aprobado por 107 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Propuesta: Establecer la obligación y los mecanismos mediante los cuales la Secretaría de Educación Publica, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, los Gobiernos Estatales, Municipales y del Distrito Federal estimularán la edición, distribución comercialización del libro o publicaciones periódicas; apoyaran el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas, espacios públicos o privados para la lectura y difusión del libro. Crear el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura como un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública, como espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias vinculadas al libro o a la lectura y establecer que toda persona que edite o importe libros esté obligada a fijar un precio único de venta para los libros que edite o importe. |