1 |
Que adiciona un Artículo Sexto Transitorio a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia. Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip. César Horacio Duarte Jáquez (PRI) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados |
Establecer la obligación de las sociedades de información crediticia, de eliminar de sus bases de datos los registros con la información, relativa a créditos vencidos anteriores al 1º de julio del 2002, cuyo importe a dicha fecha sea inferior a $300,000.00 tratándose de personas físicas y a $1,500,000.00 tratándose de personas morales; siempre que dichas personas se dediquen a actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas con el medio rural. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y de la Ley Federal del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip. Maricela Contreras Julián (PRD) |
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación de la Cámara de Diputados |
Establecer la igualdad entre mujeres y hombres respecto a la ocupación de cargos de elección popular a nivel federal y local, y en la ocupación de cargos en la Administración Pública federal y local. |
3 |
Que reforma, deroga y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos. Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip. Raymundo Cárdenas Hernández (PRD) A nombre de los diputados Silvia Oliva Fragoso, Salvador Ruíz Sánchez, Mónica Fernández Balboa y David Mendoza Arellano (PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados |
Facultar a los gobernadores de los estados a iniciar leyes ante el Congreso de la Unión, asimismo, incluir dentro de las facultades del Congreso de la Unión, expedir leyes que establezcan la concurrencia y coordinación entre los tres órdenes de gobierno bajo los principios de cooperación subsidiaria y solidaria. Establecer el reconocimiento del municipio como la base del poder político soberano, regido por una ley orgánica municipal, que reconozca su diversidad, y le permita promover dentro de su esfera de competencia el desarrollo económico y social, así como la participación ciudadana; que sus ayuntamientos tendrán facultades para expedir su ley orgánica municipal y los reglamentos que regulen su administración interna, para establecer las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria. Establecer que la ley de ingresos y presupuesto de egresos de los municipios serán aprobados por sus ayuntamientos, y que sus cuentas públicas serán revisadas y fiscalizadas por la entidad superior de fiscalización de cada estado. |
4 |
Que adiciona una fracción al artículo 39, numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP del Senado: Mayo 16, 2007 |
Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) A nombre del Dip. Modesto Brito González (PRD) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados |
Crear la Comisión de Asuntos Mineros, como una de las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados. |