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Administrador Central de Destino de Bienes |
Por el que informa que el Servicio de Administración Tributaria, por conducto de las autoridades aduaneras locales competentes en el mes de abril de 2008, únicamente dieron destino a mercancía perecedera, de fácil descomposición o deterioro y aquella que no es transferible a Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. |
Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Senadores y a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados |