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Que adiciona una fracción XXIX-A al artículo 73 y una fracción VIII al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Abril 11, 2007. |
Sen. Ricardo Olivares Sánchez (PRI) Nota: sin intervención en tribuna. |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de coordinación y colaboración hacendaria, integrándose un Sistema Nacional de Coordinación y Colaboración Hacendaria representado por el Presidente de la República, por los gobernadores de los estados y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Asimismo, incluir el impuesto sobre la renta a personas físicas dentro de las contribuciones que podrán establecer los congresos locales. |