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Comisión de Hacienda y Crédito Público Publicación en GP: Anexo II Abril 17, 2007. |
Que adiciona y reforma diversos artículos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada en el Senado de la República por los Sens. Carlos Aceves del Olmo, Manlio Fabio Beltrones Rivera, José Eduardo Calzada Rovirosa y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI) el 27 de marzo de 2007. Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de marzo de 2007. Dictamen a Discusión presentado 29 de marzo de 2007. Aprobado por 77 votos. Minuta presentada el 10 de abril de 2007. Propuesta: Aprueba en sus términos, la minuta del Senado de la República en el sentido de que las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) sólo puedan cobrar por el saldo de la cuenta; que el traspaso de las cuentas individuales de los trabajadores sólo pueda realizarse una vez cada año, salvo cuando el trabajador decida cambiarse de una AFORE a otra que haya obtenido un Rendimiento Neto mayor, caso en el cual se podrá traspasar antes del año; que las AFORES puedan establecer incentivos, como bonificaciones a la cuenta individual que obtenga ahorro voluntario de los trabajadores; las características que debe reunir los directores de las AFORES. Asimismo, facultar a la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) para establecer criterios que normen la remuneración de los agentes promotores de las AFORES; para asignar los recursos de los trabajadores que aún no eligen AFORE, a aquellas que den los mayores rendimientos netos. |
Primera Lectura |
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Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias Publicación en GP: Anexo II Abril 17, 2007. |
Que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por la Dip. Arely Madrid Tovilla (PRI), a nombre propio y de los Dips. Édgar Mauricio Duck Núñez (PAN) y Francisco Santos Arreola (PRD), el 21 de noviembre de 2006. Propuesta: Aprueba la iniciativa en sus términos, en el sentido de establecer dentro de las facultades de la Comisión Jurisdiccional, dictaminar, opinar y realizar estudios relacionados con iniciativas de ley que se presenten en materia de responsabilidades de los servidores públicos, así como conocer y dirimir las controversias que surjan al interior de la Sección Instructora. |