SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión N°25, de Abril 25, 2007.

 

                8. INICIATIVAS

                       a) De Diputados.

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP: Anexo IV.  Abril 19, 2007

Dip.

Laura Angélica Rojas Hernández

(PAN)

Comisión de Desarrollo Social con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Crear la Red de Orientación y Apoyo a Mujeres Embarazadas, que tendría como objeto conjuntar, difundir y hacer accesibles diversos apoyos, bienes y servicios que entidades, dependencias, instituciones y organizaciones, públicas, sociales y privadas, brindan  a las mujeres embarazadas y madres con hijos de hasta tres años de edad, para la protección del embarazo, los derechos del niño y el ejercicio de la maternidad y la paternidad responsables. Así mismo el DIF será el encargado de coordinar, integrar, actualizar y dar publicidad a los servicios que presta dicha Red y ponerlos a disposición de cualquier persona.

2

Que reforma el artículo 30 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007.

Dip.

Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva

 (Convergencia)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de

Justicia

Establecer que la primera notificación al tercero perjudicado o persona extraña al juicio de amparo, se hará por edictos en el diario de mayor circulación local por 2 veces, de 7 en 7 días, en el caso de que no hayan designado domicilio para oír notificaciones o que su domicilio no conste en el expediente de dicho juicio.

3

Que reforma el artículo 14 de la  Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

 

Publicación en GP: Anexo IV.  Abril 19, 2007

Dips.

Laura Angélica Rojas Hernández y María Gabriela González Martínez

(PAN)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de la Función Pública

Establecer dentro de los objetos de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública que lleva a cabo la Auditoría Superior de la Federación, también la de determinar si  las acciones dirigidas a las mujeres y los programas con perspectiva de género cumplen con la promoción de igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres.

4

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en G P: Anexo V. Abril 24, 2007.

Dip.

Laura Angélica Rojas Hernández

(PAN)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de

Presupuesto y Cuenta Pública

 

Incluir los conceptos de equidad y perspectiva de género.

5

Que reforma el artículo 177 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007.

Dip.

Adolfo Escobar Jardinez

(PAN)

 

A nombre propio y de los diputados del PAN

Comisión de Gobernación

Modificar los plazos para el registro de las candidaturas en el año de la elección, para diputados electos por el principio de mayoría relativa del 1o. al 15 de abril a la fecha del 1o. al 15 de mayo; para diputados electos por el principio de representación proporcional del 15 al 30 de abril a la fecha del 15 al 30 de mayo; para senadores electos por el principio de mayoría relativa del 15 al 30 de marzo a la fecha del 15 al 30 de abril; para senadores electos por el principio de representación proporcional del 1o. al 15 de abril a la fecha del 15 al 30 de abril y para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos del 1o. al 15 de enero a la fecha del 15 al 30 de marzo.

6

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo V.  Abril 17, 2007

Dip.

Dolores de María Manuell Gómez Angulo

(PAN)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Integrar dentro de las labores prohibidas para los trabajadores menores de 16 años, aquellas que afecten su moral o sus buenas costumbres; disminuir el horario nocturno, prohibido para estos menores, a las 21:00 hrs, y la jornada correspondiente para los mayores de 14 pero menores de 16 años de edad, de 6 a 5 horas.

7

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo V.  Abril 17, 2007

Dip.

Silvio Gómez Leyva

(PAN)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Establecer que las legislaturas de los estados determinarán en sus respectivos ordenamientos municipales las facultades de los síndicos, de los regidores y de los presidentes municipales. Así mismo las facultades mínimas que deberán considerar dichas legislaturas.

8

Que reforma el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo V.  Abril 17, 2007

Dip.

Carlos Alberto García González

(PAN)

 

A nombre propio y de los Dips. Javier Martín Zambrano Elizondo y María Sofía Castro Romero

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer dentro de las obligaciones y principios constitucionales del Estado la promoción, conducción y orientación de sus políticas económicas para acrecentar la competitividad del país y sus empresas.

9

Que reforma el artículo 57 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo V.  Abril 17, 2007

Dip.

Miguel Ángel Monraz Ibarra

(PAN)

 

A nombre propio y de diversos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que las becas en escuelas particulares consistirán en la exención del pago total o parcial de la inscripción y de las colegiaturas mensuales. Dichas escuelas deberán proporcionarla en un equivalente al 5%, como mínimo, del total de la matrícula del periodo escolar, no formando parte de dicho porcentaje, las otorgadas a los hijos o familiares de su personal con el carácter de prestación laboral. Asimismo, la integración de una comisión para el otorgamiento de becas. La inconformidad ante un proceso de otorgamiento, podrá ser investigada por la Secretaría de Educación de oficio o ante la denuncia de cualquier interesado.

10

Que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo V.  Abril 17, 2007

Dip.

Carlos René Sánchez Gil

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que los municipios, en la administración de su hacienda, procurarán contribuir al equilibrio presupuestario conforme a las bases que establezcan las legislaturas locales en la ley respectiva, definiendo los lineamientos, conceptos y montos para suscribir y aprobar los proyectos y contratos de obras y servicios respectivos que se fijen anualmente en sus presupuestos, con la prohibición expresa de destinar estos recursos extraordinarios al pago de gasto corriente.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo V.  Abril 17, 2007

Dip.

Luis Fernando Rodríguez Ahumada

(PAN)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Establecer como uno de los principios que deberán observar los partidos políticos, el del Estado Democrático. Asimismo, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tendrán competencia para garantizar la constitucionalidad de las leyes electorales locales y federales, pudiendo este ultimo inaplicar normas legales que sean contrarias a la Constitución, sin hacer declaratoria general respecto del acto o la disposición impugnada. En caso de incumplimiento a una resolución de dicho tribunal, la autoridad responsable será inmediatamente separada de su encargo y consignada al Juez de Distrito que corresponda o disponer de oficio o a petición de parte el cumplimiento substituto de las resoluciones respectivas.

12

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril  19, 2007

Dip.

Luis Gustavo Parra Noriega

 (PAN)

Comisiones Unidas de la

Función Pública y de Gobernación

Precisar que el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado que tendrá su domicilio en la Ciudad de México.

13

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

 

Publicación en GP: Anexo IV.  Abril 24, 2007

Dip.

Juan Nicasio Guerra Ochoa

(PRD)

 

A nombre propio y de diversos diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Eliminar el régimen de consolidación fiscal, la deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo , acotar la exención en el impuesto sobre la renta sobre las ganancias de personas físicas por enajenación de acciones en bolsas de valores reconocidas, Establecer que los donativos serán deducibles en un 50 por ciento, reglas de control a campañas de redondeo en centros comerciales o tiendas al público en general, y un impuesto definitivo del 35 por ciento sobre dividendos o utilidades, considerando el 28 por ciento del ISR corporativo vigente. Que  sólo se puedan emitir modificaciones bimestrales a las resoluciones de miscelánea fiscal al año. Que el Congreso de la Unión tenga acceso a la información fiscal que tiene la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sin que se considere violatorio del secreto fiscal. Así como que las instituciones de crédito coadyuven en la exigibilidad de la obligación fiscal.

14

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril  17, 2007

Dip.

Javier Estrada González

 (PVEM)

Comisión de

Educación Pública y Servicios Educativos con opinión de la Comisión de Salud

Incluir dentro de las actividades de las autoridades educativas, desarrollar y llevar a cabo programas educativos de prevención y de asesoramiento individual, desarrollando estilos de vida sanos, de conciencia de las repercusiones perjudiciales de las drogas, el alcohol y el tabaco, reforzando la actitud contra su uso

15

Que reforma el artículo 59 Bis de la Ley General de Radio y Televisión.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Mónica Arriola

 (Nueva Alianza)

Comisión de

Radio, Televisión y Cinematografía

Establecer la obligación a las estaciones de radio y televisión, de difundir y promover los derechos de niñas, niños y adolescentes, dentro de su programación.

16

Que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Ma. del Pilar Ortega Martínez

 (PAN)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Establecer que cualquier persona que se considere afectada en su esfera jurídica por actos de autoridad, podrá promover el juicio de amparo. Así como que se requerirá ser titular de un derecho, en el caso de la promoción de amparos contra actos o resoluciones emitidas por órganos jurisdiccionales, administrativos o laborales.

17

Que reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

 

Publicación en GP: Anexo IV.  Abril 24, 2007

 

Dip.

Pablo Trejo Pérez

(PRD)

 

A nombre propio y de diversos diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Facultar a la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión para, mediante sus comisiones de Hacienda y Crédito Público, solicitar al Servicio de Administración Tributaria, información específica de los contribuyentes.

18

Que reforma el artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Arnulfo Elías Cordero Alfonzo

(PRI)

Comisión de

Atención a Grupos Vulnerables

Incluir entre las atribuciones del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, crear un registro de todas las instituciones públicas y privadas de casas hogar, albergues, residencias de día o centros de atención, para verificar las condiciones de funcionamiento, capacitación de personal, modelo de atención y condiciones de calidad de vida de las personas adultas mayores.

19

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Ma. Guadalupe Josefina García Noriega

(PVEM)

Comisión de

Atención a Grupos Vulnerables

Incorporar la figura de la evaluación geriátrica dentro de los conceptos de la ley. Asimismo, garantizar a través de las Instituciones Públicas del Sector Salud, el derecho de las personas adultas mayores a que se les realice dicha evaluación, así como que se les expida una cartilla de salud y de autocuidado. Establecer como una atribución del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, el aseguramiento de un número suficiente de instituciones, casas hogar, albergues, residencias o centros de atención para estas personas

20

Que reforma los artículos 9 y 11 de la Ley de Aviación Civil.

 

Publicación en G P: Anexo IV.  Abril 17, 2007

Dip

Humberto López Lena Cruz

(Convergencia)

Comisión de

Transportes

Establecer como requisito para el otorgamiento de concesiones y permisos para prestar servicios de transporte aéreo nacional, que las personas morales interesadas otorguen una fianza, para responder por la reparación de daños y perjuicios que se puedan ocasionar a sus usuarios por revocación o suspensión de la concesión o permiso. Así como que la determinación de esta garantía, se hará tomando en cuenta el número de boletos que la compañía pueda vender para la prestación del servicio por 90 días, término que se establecerá para las irregularidades en caso de suspensión.

21

Que reforma el artículo 7 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Mónica Arriola

(Nueva Alianza)

Comisión de

Educación Pública y Servicios Educativos

Incluir dentro de los fines de la educación impartida por el Estado y los particulares, la difusión de los derechos de niños, niñas y adolescentes y las formas de protección con que cuentan para ejercitarlos.

22

Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Dora Alicia Martínez Valero

(PAN)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Incorporar entre las actividades del Instituto Federal Electoral, la de fiscalización de las agrupaciones y partidos políticos.

23

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007.

Dip.

Salvador Barajas del Toro

(PRI)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Justicia

Incluir como causa de terminación de las relaciones de trabajo el hostigamiento laboral, entendiéndose éste como los actos del superior jerárquico o jefe inmediato, que tengan como objeto y efecto acosar psicológicamente en el lugar de trabajo, por medio verbal o cualquier otro que atente contra la integridad moral, causando daños a la salud física y psíquica de la víctima. Se sancionará con una indemnización por daños y perjuicios a quien o quienes resulten responsables o en su caso se impondrán de 3 meses a 2 años de prisión, y una multa de 50 a 100 días de salario mínimo.

24

Que reforma el artículo 182-R del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Francisco Elizondo Garrido

(PVEM)

Comisión de

Justicia

Incluir a la Secretaría de Educación Pública, dentro de los beneficiados respecto de recursos que se obtengan por la enajenación de bienes decomisados en procesos penales federales. Asimismo, precisar que dichos recursos deberán ser destinados a programas para la promoción de cultura física y el deporte.

25

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Dora Alicia Martínez Valero

(PAN)

Comisiones Unidas de

Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos

Incorporar la figura de los derechos humanos, su protección y defensa en todos los sectores previstos en la Carta Magna y el reconocimiento de los tratados internacionales en dicha materia como disposiciones que se encuentran en el mismo nivel constitucional. Precisar la jerarquía constitucional del sistema de normas. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para ejercer la acción de inconstitucionalidad en contra de dichos instrumentos internacionales que violen o vulneren dichos derechos, así como incluir a su titular dentro de los servidores públicos sujetos a juicio político y declaración de procedencia.

26

Que reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

José Antonio Almazán González

 (PRD)

Comisión de

Trabajo y Previsión Social con opinión de la Comisión de Vivienda

Establecer que el saldo de los créditos para la adquisición en propiedad de habitaciones; la construcción de vivienda, la reparación, ampliación o mejoras de habitaciones y los dirigidos al pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los conceptos anteriores, deberá permanecer fijo durante todo el plazo de su otorgamiento. Que éstos créditos devengarán interés sobre dicho saldo de acuerdo a una tasa no menor al 4% y no mayor al 9% anual sobre saldos insolutos. Asimismo, disminuir el plazo máximo del crédito de 30 a 20 años.

27

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante

(PRI)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Establecer como obligación del Estado, garantizar el respeto, la protección, acceso y libre ejercicio del derecho a la salud reproductiva de los mexicanos.

28

Que reforma el artículo 27 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo V.  Abril 17, 2007

Dip.

Juan de Dios Castro Muñoz

(PAN)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que, mediante convenios de coordinación entre el poder ejecutivo federal y las entidades federativas, se establecerá el esquema de financiamiento denominado ?bono educativo? que facultará a los educandos que cumplan con los requisitos indispensables, para que elijan la escuela de su preferencia dentro de las instituciones inscritas en el esquema. En el caso de las escuelas públicas, dicho bono les será de utilidad para allegarse de mayores recursos, y para las escuelas particulares inscritas el bono significará un porcentaje en el pago de sus colegiaturas, tomándose en consideración los recursos disponibles, según las características de las regiones que abarquen los convenios de coordinación.

29

Que expide la Ley de Evaluación de la Gestión Gubernamental; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 24, 2007

Dip.

Antonio Xavier López Adame

(PVEM)

Comisiones Unidas de la Función Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer las normas y los criterios generales para la evaluación de la gestión de los Poderes de la Unión y de todos aquellos que ejerzan, administren o reciban recursos públicos federales a través de la evaluación de los programas que ejecutan; las bases para el funcionamiento del Sistema de Evaluación del Desempeño; normar las condiciones en que el Ejecutivo y el Legislativo utilizarán la información proveniente de las evaluaciones, como fundamento técnico en la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación a efecto de mejorar el gasto público y la gestión gubernamental, a través del enfoque de resultados y el logro de impactos claros y medibles, a fin de incrementar la confianza social en el Estado.

30

Que expide la Ley del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Alejandro Landero Gutiérrez

(PAN)

 

A nombre propio y de la Dip. María Gabriela González Martínez (PAN)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Convertir a al Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) en un organismo descentralizado del Estado, no sectorizado que formará parte del Sistema Nacional de Evaluación Educativa. Tendrá por objeto realizar la evaluación de la calidad del sistema educativo nacional, en lo relativo a la educación básica obligatoria y media superior, en todos sus niveles, modalidades y controles y en los servicios de educación indígena, comunitaria y especial, así como las modalidades no escolarizada y mixta incluyendo la educación para adultos, eliminando las facultades correspondientes a la Secretaria de la Educación Pública. Asimismo, establecer los principios que regirán al INEE, lo relativo a sus órganos, su patrimonio, financiamiento, mecanismos de control y relaciones laborales.

31

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Francisco Javier Santos Arreola

(PRD)

Comisiones Unidas de

Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de la Función Pública

Establecer que la Comisión Jurisdiccional de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión será también Instructora. Que estará integrada hasta por 16 miembros, tantos como le corresponda a cada grupo parlamentario, atendiendo a los principios de representatividad y proporcionalidad. Así como que será presidida por el diputado del grupo parlamentario con el mayor número de diputados en la Cámara y durará en su cargo 1 año. Sustituir a la Gran Comisión de cada una de las Cámaras, por la Junta de Coordinación Política de ambas Cámaras para que  sea quien proponga la constitución de Comisiones y la integración de una Comisión para sustanciar los procedimientos.

32

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo IV.  Abril 19, 2007

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Prohibir a los estados, establecer cualquier clase de exenciones en el pago de servicios públicos.

33

Que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Rogelio Carbajal Tejada

(PAN)

 

A nombre propio y de diputados de diversos Grupos Parlamentarios.

Comisión de

Puntos Constitucionales

Establecer que los  Senadores de la República podrán ser electos de manera inmediata hasta por un periodo adicional, y los diputados federales podrán ser reelectos hasta en tres periodos consecutivos. Asimismo, que no podrán ser electos como suplentes para el inmediato siguiente cuando hayan fungido como propietarios durante los periodos antes señalados

34

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 17, 2007

Dip.

Miguel Ángel Monraz Ibarra

(PAN)

 

A nombre propio y de los diputados del PAN

Comisión de

Puntos Constitucionales

Establecer que también será objeto de las leyes en materia municipal, los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los ayuntamientos para cuestiones de deuda.

35

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Yadhira Ivette Tamayo Herrera

(PAN)

 

A nombre propio y de los Dips. Mario Eduardo Moreno Álvarez y Luis Gerardo Serrato Castell (PAN)

Comisión de

Justicia

Establecer que cuando algún miembro o representante de una persona moral cometa un delito con los medios que le proporcione la misma, el juez le impondrá a dicha persona, con audiencia del representante legal de la misma y previo procedimiento, las sanciones según corresponda y podrán ser pecuniaria; decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito; publicación especial de sentencia; disolución; suspensión hasta por 5 años; remoción, encargando las funciones de éstos a un administrador o consejo de administración designado por el juez, o en su caso la prohibición de realizar determinadas operaciones que tengan relación directa con el delito cometido.

36

Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

 

Publicación en G P: Anexo VI. Abril 24, 2007

Dip.

Laura Angélica Rojas Hernández

(PAN)

Comisiones Unidas de Justicia y de Seguridad Pública

Penalizar las prácticas sexuales con personas menores de 18 años de edad o con quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, con pena de 6 a 12 años de prisión y de 1000 a 2 mil días multa. Asimismo, al que gestione para que una persona que ejerza la patria potestad o la tutela sobre un menor de 18 años de edad o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, preste su consentimiento para la adopción del menor o incapaz, sin que se cumplan las disposiciones legales o los tratados internacionales, con pena de 1 a 6 años de prisión y de 500 a 1000 días multa. Así como incluir en los tipos penales de tráfico y prostitución, las precisiones de menor de edad y de quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo

37

Que reforma los artículos 30 y 60 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Juan Manuel Parás González

(PRI)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de

Educación Pública y Servicios Educativos

 

Establecer la obligación a las instituciones privadas de educación en todos sus niveles, de solicitar el registro de sus planes y programas de estudio. Que este registro deberá contener, los pormenores de dichos planes y programas de estudio, y adjunta, la documentación comprobatoria que acredite su operación legal y capacidad técnica. Establecer que los programas de estudio impartidos de manera virtual, tendrán reconocimiento de la Secretaría de Educación Pública y serán sujetos de evaluación. Asimismo, facultar a la Secretaría para diseñar procesos para estudios presenciales y virtuales, así como para establecer sistemas de evaluación de calidad de ambos medios educativos, publicándolos en el Diario Oficial de la Federación y aplicándolos cuando menos una vez al año  difundiendo sus resultados.

38

Que reforma el artículo 20 de la Ley Federal de Derechos.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

José Jacques y Medina

(PRD)

Comisión de

Hacienda y Crédito Público

Disminuir las cantidades por concepto de pago de derechos, por la expedición de pasaportes ordinarios y documentos de identidad y viaje hasta por 1 año, 5 años, 10 años, así como por la expedición de pasaportes oficiales hasta por 1 año, 2 años y por el refrendo de pasaportes oficiales. Establecer que las personas que comprueben que necesitan viajar al extranjero por motivos de salud, quedarán exentas del pago de derechos por la expedición de pasaportes ordinarios y documentos de identidad y viaje hasta por 1 año.

39

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dips.

Obdulio Ávila Mayo (PAN) y Miguel Ángel Jiménez Godínez

(Nueva Alianza)

Comisión de

Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Modificar  la comisión ordinaria de Desarrollo Metropolitano por la de Desarrollo Urbano, Metropolitano y de Ordenamiento Territorial.

40

Que reforma el artículo 62 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 24, 2007

Dip.

Jorge Godoy Cárdenas

 (Convergencia)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de

Medio Ambiente y Recursos Naturales

Establecer que las modificaciones territoriales de las Áreas Naturales Protegidas sólo podrán ser para ampliar su extensión, con excepción de su zona núcleo. Así como que las modificaciones del uso del suelo o cualquiera de las disposiciones con las que esta fue creada inicialmente, únicamente podrán modificarse para elevar el grado de protección de los recursos existentes dentro de las mismas.

41

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007.

Dip.

Alliet Mariana Bautista Bravo

(PRD)

Comisión de

Puntos Constitucionales

Modificar la denominación del Capítulo I del Título primero para denominarlo "De los Derechos Humanos y las Garantías Individuales", incluyendo la jerarquía constitucional de los tratados internacionales en materia de derechos humanos y en caso de contradicción dichos derechos serán interpretados de conformidad con el principio pro homine. Delimitar la actuación de los órganos de justicia militar sobre los delitos o violaciones a los derechos humanos; precisar los delitos de lesa humanidad, el genocidio y los crímenes de guerra; dar reconocimiento a la jurisdicción contenciosa de los tribunales internacionales a los que el Estado mexicano ha reconocido su competencia así como los mecanismos para dar cumplimiento a sus resoluciones. Incluir principios penales reconocidos internacionalmente como la relevancia de la acusación, la imparcialidad del juez, la presunción de inocencia, la oralidad, la inmediación, la publicidad, la contradicción, la concentración y la economía procesal. Así mismo los tribunales de la federación podrán conocer de violaciones a derechos humanos reconocidos por la propia Constitución y por los tratados internacionales. En las resoluciones administrativas y judiciales en las que se determine la responsabilidad del Estado por violaciones se garantizara la reparación integral del daño. Facultar al Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos a ejercer la acción de inconstitucionalidad en contra de tratados internacionales que vulneren o violen derechos humanos.

42

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP: Anexo IV. Abril 19, 2007

Dip.

Carlos Alberto Puente Salas

(PVEM)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de

Hacienda y Crédito Público

Incluir dentro de los ingresos no acumulables para personas morales los que obtenga por la enajenación de los instrumentos económicos de mercado que se establecen en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y en las demás disposiciones jurídicas aplicables. Tampoco serán deducibles, ni se restarán a la totalidad de los ingresos, o se disminuirán del resultado fiscal o de la utilidad fiscal, las pérdidas del ejercicio o pendientes de aplicar de ejercicios anteriores por la enajenación de dichos instrumentos.

43

Que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en G P: Anexo IV. Abril 19, 2007

Incorporar a los instrumentos económicos de mercado establecidos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y en las disposiciones jurídicas aplicables, entre los casos de venta en los que el Impuesto al Valor Agregado se calcula aplicando la tasa del 0%.

44

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en G P: Anexo IV.  Abril  24, 2007

Dip.

Layda Elena Sansores Sanromán

 (Convergencia)

 

A nombre propio y de diversos diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD, Convergencia y PT

Comisiones Unidas de

Puntos Constitucionales y de Justicia

Incluir los principios de adversariedad y de oralidad en los procesos penales. Considerar a las leyes penales como el último recurso para la solución de conflictos, así como que solo se sancionarán conductas delictivas que afecten derechos individuales o colectivos. Establecer que la determinación de las penas será proporcional a los delitos que sancionen. Garantizar el debido proceso en materia penal. Eficientar la persecución e investigación de los delitos y las labores de los tribunales penales. Asegurar la protección, asistencia y participación de las víctimas en el proceso penal

 

 

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