Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por la Dip. Josefina Hinojosa Herrera (PRI), en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 28 de noviembre de 2002, LVIII Legislatura. Iniciativa presentada por la Dip. Blanca Eppen Canales (PAN) suscrita por diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 4 de diciembre de 2003, LIX Legislatura. Iniciativa presentada por la Dip. Angélica de la Peña Gómez (PRD) suscrita por diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del PRD en Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados del 9 de diciembre de 2003, LIX Legislatura. Iniciativa presentada por la Dip. Consuelo Muro Urista (PRI) en Sesión de la Comisión Permanente del 21 de enero de 2004, LIX Legislatura. Dictamen a discusión presentado el 27 de abril de 2004 y aprobado por 408 votos en pro y una abstención. Minuta presentada en el Senado el 29 de abril de 2004. Dictamen con dispensa de trámites presentado en el Senado de la República el 28 de abril de 2005 y aprobado por 68 votos en pro, devuelto a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional. Minuta presentada en la Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados el 07 de septiembre de 2005. Dictamen a discusión presentado el 14 de diciembre de 2005, aprobado por 352 votos en pro y devuelto a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 constitucional. Recibió el Senado la minuta el 15 de diciembre de 2005. Dictamen a discusión presentado el 18 de abril de 2006 en el Senado de la República, aprobado en votación económica, se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso d) del artículo 72 constitucional. Propuesta: Se observa que la minuta enviada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión no respeta el procedimiento establecido por el inciso e) del artículo 72 constitucional, por lo tanto se desecha. |