1.   COMUNICACIONES DE LA MESA DIRECTIVA

 

a) Con modificación de turnos de iniciativas.

 

b) Con modificación de turno de proposición con punto de acuerdo.

 

2.   OFICIOS

 

3.   OFICIOS CON PROPOSICIONES RELATIVAS AL PEF 2016

 

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

5.   MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

 

De Solicitud de Licencia.

 

6.   ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

7.   INICIATIVAS

 

8.   PROPOSICIONES

 

9.   PROTESTAS DE LEY

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 23

   

 

 

 

6.     ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

No.

ACUERDO

TRÁMITE

1

Por el que establece las reglas para la discusión y votación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2016.

 

Acuerdo:

(Véase Anexo V. de la Gaceta Parlamentaria del 10 de noviembre de 2015.)

a)  Aprobado en votación económica.

b) Comuníquese.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

10 de noviembre de 2015.

2

Por el que se crea el Consejo Editorial de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados.

 

Acuerdo:

PRIMERO.- Se crea el Consejo Editorial, instancia técnica-académica que tendrá por objeto definir los criterios, las políticas y los programas editoriales de la Cámara de Diputados.

SEGUNDO.- El Consejo Editorial estará integrado por:

a) Dos diputados por cada grupo parlamentarlo, un propietario y un suplente;

b) El Secretario General;

c) El Secretario de Servicios Parlamentarlos;

d) Los directores generales de los centros de estudios; y

e) El Director General del Centro de Documentación, Información y Análisis.

El Secretarlo General, el Secretarlo de Servicios Parlamentarlos, los directores generales de los centros de estudios y el Director General del Centro de Documentación, Información y Análisis, asistirán a las reuniones de trabajo con derecho a voz pero sin voto.

TERCERO.- Los diputados que conformarán el Consejo Editorial serán los que a continuación se mencionan:

GRUPO PARLAMENTARIO

PROPIETARIO

SUPLENTE

PRI

Adriana del Pilar Ortiz Lanz

Jesús Juan De La Garza Díaz Del Guante

PAN

Emma Margarita Alemán Olvera

Luz Argelia Paniagua Figueroa

PRD

Ángel II Alanís Pedraza

Victoriano Wences Real

PVEM

Alma Lucía Arzaluz Alonso

José Refugio Sandoval Rodríguez

MORENA

Patricia Elena Aceves Pastrana

Virgilio Dante Caballero Pedraza

MC

René Cervera García

María Candelaria Ochoa Ávalos

NA

Carmen Victoria Campa Almaral

Francisco Javier Pinto Torres

PES

Ana Guadalupe Perea Santos

Melissa Torres Sandoval

 

CUARTO.- La presidencia del Consejo tendrá duración de un año legislativo y recaerá, invariablemente, en el diputado perteneciente al grupo parlamentario que presida la Junta de Coordinación Política.

QUINTO.- El Consejo Editorial contará con un secretario técnico, designado por mayoría absoluta a través del sistema de voto ponderado, quien preparará los documentos necesarios para las reuniones, levantará el acta correspondiente, dará seguimiento a los acuerdos que se adopten y realizará las demás acciones que el Consejo le instruya.

SEXTO.- El Consejo tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

a) Definir los criterios y las políticas editoriales de la Cámara de Diputados;

b) Elaborar el programa editorial anual;

c) Autorizar la publicación de libros, revistas, folletos, informes y otros materiales, escritos o electrónicos;

d) Determinar las características técnicas de edición, el tiraje y las reglas de distribución de publicaciones;

e) Proponer la celebración de contratos de coedición con otras instituciones, observando los principios de racionalidad y austeridad presupuestaria;

f) Sugerir la publicación de obras facsimiíares, así como de ediciones

especiales o conmemorativas;

g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad administrativa de ia Cámara de

Diputados, específicamente en io relativo a su ámbito de actuación; y

h) Las demás que le asignen otras normas.

SÉPTIMO.- El Consejo Editorial tomará sus decisiones por consenso; en caso de no lograrse éste, las adoptará por mayoría absoluta mediante el sistema de voto ponderado, en el cual cada diputado representará tantos votos como integrantes tenga su grupo parlamentario.

OCTAVO.- El Consejo deberá reunirse por lo menos una vez al mes y, cuando se estime necesario, se reunirá de manera extraordinaria a solicitud de su presidente.

NOVENO.- El Consejo Editorial deberá informar a la Junta de Coordinación Política, cada tres meses, o cuando así lo requiera la Junta, sobre las actividades editoriales autorizadas y el destino del presupuesto ejercido.

DÉCIMO.- Los recursos técnicos y financieros para el funcionamiento del Consejo serán aprobados por el Comité de Administración.

DÉCIMO PRIMERO.- Lo no previsto por el presente Acuerdo será resuelto por la Junta de Coordinación Política, misma que podrá revocar los acuerdos aprobados por el Consejo Editorial.

DÉCIMO SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

a)  Aprobado en votación económica.

b) Comuníquese.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

10 de noviembre de 2015.

 

 

 

 

 

 

 

 

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