1.   COMUNICACIONES DE LA MESA DIRECTIVA

 

a) Con modificación de turnos de iniciativas.

 

b) Con modificación de turno de proposición con punto de acuerdo.

 

2.   OFICIOS

 

3.   OFICIOS CON PROPOSICIONES RELATIVAS AL PEF 2016

 

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

5.   MOVIMIENTO DE C. DIPUTADO

 

De Solicitud de Licencia.

 

6.   ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

7.   INICIATIVAS

 

8.   PROPOSICIONES

 

9.   PROTESTAS DE LEY

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 23

   

 

 

 

7.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona los artículos 192-D, 224 y 282 a la Ley Federal de Derechos.

 

Publicación en GP:

Anexo II

10 de septiembre de 2015.

Sen.

Omar Fayad Meneses

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Exentar del pago de derechos de agua a usuarios que se dediquen a actividades de acuacultura, así como por la extracción o derivación de aguas procedentes de esteros, marismas, bahías y aguas oceánicas con contenido salino, toda vez que no se cuenta con infraestructura hidráulica federal que provea el suministro del agua.

2

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II

10 de septiembre de 2015.

Dip.

Marco Antonio Gama Basarte

(PAN)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Explicitar que toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada.

3

Que adiciona el artículo 216-Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Alberto Martínez Urincho

(PRD)*

Comisión de Salud, para dictamen

Considerar a la carne procesada, aquella carne roja o aves o menudencias o subproductos cárnicos, que se ha transformado a través de la salazón, el curado, la fermentación, el ahumado u otros procesos para mejorar su sabor o su conservación. Inscribir en los empaques de carne procesada para la venta al público la leyenda: “El consumo de este producto puede producir cáncer. Se recomienda una dieta balanceada” y cuando la venta sea a granel, exhibir un anuncio dirigido al público con la leyenda: “El consumo de carnes procesadas puede producir cáncer. Se recomienda tener una dieta balanceada”.

4

Que reforma los artículos 19 y 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

José Adrián González Navarro

(PAN)

Comisión de Deporte, para dictamen

Facultar a la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) para establecer, conforme al programa sectorial, políticas específicas en materia adultos mayores. Facultar a la CONADE para formular programas para promover la cultura física y deporte entre las personas con discapacidad y adultos mayores.

5

Que reforma la denominación del Capítulo IV, y adiciona un artículo 15 Bis a la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip.

Waldo Fernández González

(PRD)

Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

Promover la creación de un patronato de asistencia a familiares de internos en cada entidad federativa con el objeto de otorgar asistencia integral a las familias de los internos, especialmente a niñas, niños y adolescentes. Señalar la obligación de los gobiernos de las entidades federativas de sustentar los patronatos de conformidad con sus posibilidades presupuestales y fomentar la participación activa de organizaciones de la sociedad civil, universidades públicas y privadas.

6

Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Rosa Alicia Álvarez Piñones

(PVEM)

Comisión de Salud, para dictamen

Establecer como objetivo del Sistema Nacional de Salud, diseñar y ejecutar políticas públicas que propicien la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, que contrarreste eficientemente la incidencia de diversos tipos de cáncer.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputados

Marco Antonio Aguilar Yunes y Érick Alejandro Lagos Hernández

(PRI)

Comisión de Justicia, para dictamen

Establecer que tienen obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos con independencia de su estado civil. Indicar que si el menor que se pretende registrar, se presenta como hijo de madre o padre soltero, el juez u oficial del Registro Civil lo registrará con los apellidos de la madre o padre que lo presentare, haciéndose constar esta circunstancia en el acta. Asentar que la mujer embarazada tiene derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto, con la prueba de paternidad alegada en los términos del código civil federal. Asentar que pueden constituir el patrimonio de la familia la madre, el padre o ambos con independencia de su estado civil, las abuelas, los abuelos, las hijas y los hijos o cualquier persona que quiera constituirlo, para proteger jurídica y económicamente a su familia. Establecer que tienen derecho a heredar por sucesión legítima los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, si se satisfacen los requisitos, la madre o padre independientemente de su estado civil, cuando el de cujus haya reconocido el hijo o hijos en los términos establecidos en este código. Definir el concepto de madre o padre soltero.

8

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Ernestina Godoy Ramos

(MORENA)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Facultar a las cámaras de Congreso de la Unión, para citar a comparecer al titular del Poder Ejecutivo Federal bajo determinados supuestos, a efecto de rendir un informe por escrito y responda los cuestionamientos de los legisladores sobre el tema que la haya motivado. Facultar a las comisiones legislativas de investigación para citar a cualquier persona y requerir toda la información necesaria para el cumplimiento de sus fines.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Ernestina Godoy Ramos

(MORENA)

Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Justicia, para dictamen.

Prever que las comisiones de investigación podrán citar a comparecer a cualquier persona y requerir la información que sea necesaria para el cumplimiento de sus fines. Establecer que los servidores públicos que comparezcan ante la Cámara tendrán la obligación de remitir un informe escrito con al menos 48 horas de anticipación a la realización de su comparecencia. Precisar que al inicio de la comparecencia el presidente de la Comisión respetiva le solicitará al funcionario que proteste decir la verdad. Prever que las y los legisladores, por conducto de la Presidencia de la Mesa Directiva, podrán formular una pregunta o cuestionamiento por mes a los titulares de las dependencias y entidades del Ejecutivo federal, empresas del Estado y órganos constitucionales autónomos. Establecer que será obligación de todo servidor público proporcionar en forma oportuna y veraz, toda la información y datos solicitados por el Congreso. Considerar como delito de ejercicio indebido de servicio público el servidor que, por sí o por interpósita persona, rinda ante el Poder Legislativo informes en los que manifieste hechos o circunstancias falsos o niegue la verdad en todo o en parte sobre los mismos.

10

Que reforma los artículos 239 y 241 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Mirza Flores Gómez

(MC)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Precisar que la Gaceta es el órgano oficial de difusión electrónico de la Cámara, disponible en el sistema electrónico de cada curul los días de sesión y sólo se imprimirá a petición de los diputados y diputadas que lo soliciten.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP:

Anexo II

04 de noviembre de 2015.

Dip.

Soralla Bañuelos de la Torre

(NA)

Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen

Adicionar en la Ley la figura de los “sistemas de captación de agua pluvial” entendidos como la infraestructura destinada a la captación de aguas pluviales. Considerar como de utilidad pública la instalación de Sistemas de Captación de Agua pluvial. Establecer que la CONAGUA deberá informar a la población y a las autoridades sobre los beneficios de la utilización de sistemas de captación de agua pluvial.

12

Que reforma los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Norma Edith Martínez Guzmán

(PES)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Elevar a rango constitucional “la adopción”. Distribuir competencias entre los tres órdenes de gobierno para establecer los procedimientos de adopción en términos de la Ley que deba expedir el Congreso de la Unión. Facultar al Congreso para expedir leyes generales en materia de adopción.

13

Que reforma los artículos 12, 19 y 75 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo III

27 de octubre de 2015.

Dip.

Édgar Romo García

(PRR)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Establecer como atribución de la autoridad educativa federal, proporcionar los paquetes de útiles escolares para cada nivel de educación básica. Establecer como responsabilidad de las autoridades educativas locales, la distribución de los mismos, además de considerar como infracción la no distribución de éstos.

14

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Marco Antonio Gama Basarte

(PAN)

Incluir como fin de la educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización para ello, el de promover el conocimiento sobre las tecnologías de la información y comunicación.

15

Que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Eliminar la facultad del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para hacer observaciones a las leyes que la Asamblea Legislativa le envíe para su promulgación. Reputar como aprobado por el Jefe de Gobierno, todo proyecto no devuelto con observaciones a la Asamblea Legislativa.

16

Que reforma el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Andrés Fernández del Valle Laisequilla

(PVEM)

Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen

Establecer medidas tendientes a procurar que las niñas, niños y adolescentes no sean expuestos bajo ninguna circunstancia a ambientes con humo de tabaco.

17

Que reforma los artículos 2o. y 9o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Virgilio Dante Caballero Pedraza

(MORENA)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Aplicar la tasa de cero por ciento a la enajenación de libros de agentes integrantes de la cadena productiva-distributiva (editores, distribuidores al mayoreo y libreros) que editen los propios contribuyentes. Excluir del pago del presente impuesto por el uso o explotación de la obra que realice su autor.

18

Que reforma los artículos 183 y 184 de la Ley Agraria.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Moisés Guerra Mota

(MC)

Comisión de Reforma Agraria, para dictamen

Establecer que si al iniciarse la audiencia en el Juicio Agrario no estuviere presente el actor y sí el demandado se llevará a cabo la audiencia surtiendo los efectos legales y en caso de ausencia de ambos se les impondrá multa de uno a diez días de salario mínimo.

19

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Luis Alfredo Valles Mendoza

(NA)

Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Transparentar las funciones y el uso de los recursos asignados al Poder Legislativo. Prever la información que los grupos parlamentarios, como sujetos obligados, pondrán a disposición del público. Dicha información deberá estar a disposición del público, a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica. Establecer que la Contraloría Interna hará público el resultado la auditoría relativa al ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Cámara y de donde se desprenda detalladamente el uso, destino y estado actual de los recursos asignados para su funcionamiento, como fondos, partidas y compensaciones.

20

Que expide la Ley General de Estímulos Económicos para las y los Jóvenes Residentes en Territorio Nacional que estudien en Instituciones Públicas de Educación Media Superior dentro de la República Mexicana.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

15 de octubre de 2015.

Dip.

Ariadna Montiel Reyes

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de que las y los jóvenes residentes en la República Mexicana, que estudien en instituciones públicas de educación media superior ubicadas dentro del Territorio Nacional, tengan derecho a recibir del Gobierno Federal, un estímulo económico cuyo monto dependerá del desempeño escolar del estudiante. Prever los requisitos para recibir dicho estímulo económico. Facultar al Presidente de la República para incluir en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, la asignación que garantice, efectivamente, el derecho al estímulo económico para las y los jóvenes que cumplan con los requisitos.

21

Que reforma el artículo 59 y adiciona el 59-C a la Ley Aduanera.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputada

Adriana Terrazas Porras

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Utilizar como elemento de identificación y acreditación del origen para la importación definitiva de vehículos usados en la franja o región fronteriza e interior del país, el Número de Identificación Vehicular y precisar que en la importación definitiva de autos usados en la franja o región fronteriza e interior del país, que provengan de Estados Unidos de América o Canadá, la Secretaría a través del Servicio de Administración Tributaria tomará como base gravable el valor de factura de compra del auto.

22

Que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Maricela Contreras Julián

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Eliminar el arraigo decretado por la autoridad judicial.

23

Que reforma el artículo 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Alicia Barrientos Pantoja

(MORENA)

Comisión de Vivienda, para dictamen

Precisar que la tasa de interés de los créditos otorgados a los trabajadores no será mayor al 8% anual sobre saldos insolutos y los intereses ajustados no podrán exceder hasta tres veces el monto inicial del crédito solicitado, en tanto la deuda se siga pagando y/o haya sido renegociada.

24

Que reforma el artículo 4-Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

 

Publicación en GP:

Anexo III

29 de octubre de 2015.

Dip.

José Erandi Bermúdez Méndez

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Prohibir a las Entidades Financieras cobrar comisiones a clientes o usuarios por consulta de saldos en cajero electrónico y por la apertura de cualquier tipo de cuenta de nómina, quedando exentas de cualquier otra comisión por retiros y consultas.

25

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo II

04 de noviembre de 2015.

Dip.

Christian Joaquín Sánchez Sánchez

(PRI)

Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social, y de Asuntos Indígenas, para dictamen.

Otorgar facilidades y asistencia técnica a las microempresas artesanales conformadas por miembros de las comunidades indígenas con el fin de colocar sus productos en el mercado internacional. Incluir a las organizaciones conformadas por artesanos o campesinos de origen indígena con la finalidad de colocar sus productos de origen orgánico y sus artesanías en los organismos del sector. Apoyar a los micro y pequeños empresarios de origen indígena cuya producción artesanal o de productos orgánicos se destine total o parcialmente a la exportación.

26

Que reforma el artículo 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Érika Irazema Briones Pérez

(PRD)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen

Fortalecer las capacidades económicas de los adultos mayores.

27

Que reforma el artículo 234 y adiciona el 234-Bis al Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Cuitláhuac García Jiménez

(MORENA)

 

A nombre propio y del Dip. Jesús Emiliano Álvarez López(MORENA)

Comisión de Justicia, para dictamen

Modificar la pena a quien haga uso de moneda falsa, de 5 a 12 años de prisión y hasta quinientos días multa a 6 meses a 2 años de prisión, cuando no se trate de delincuencia organizada, quien realice la conducta no sea coautor o coparticipe en la producción o almacenamiento y por las circunstancias especiales del caso pueda establecerse que se trata de un hecho ejecutado para la realización de un pago u operación lícita.

*Sin intervención en tribuna.

 

 

 

 

 

 

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