1.   OFICIO

 

2.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

3.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto.

 

4.   INICIATIVAS

 

5.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

 

Con proyecto de decreto.

 

6.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

7.      PROPOSICIONES

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 28

   

 

 

 

4.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona el artículo 66 Bis a la Ley General de Salud, y se reforman y adicionan los artículos 7 y 66 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo I

24 de noviembre de 2015.

Congreso del Estado de Jalisco

Comisiones Unidas de Salud, y de Educación Pública, y de Servicios Educativos

Establecer que las instituciones de educación públicas o privadas deberán de contar con un historial médico del alumno que establezca que se encuentra al corriente de las vacunas mediante la Cartilla de Vacunación o Cartilla Nacional de Salud y obligar a quienes ejercen la patria potestad o la tutela, presentar Cartilla al inscribir o reinscribir al menor. Atribuir a la Secretaría de Salud la provisión de la cartilla de vacunación a los centros autorizados y la aplicación de las vacunas.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.*

 

Publicación en GP:

Anexo III

22 de septiembre de 2015.

Dip.

Alma Carolina Viggiano Austria

(PRI)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Comunicaciones, para dictamen

Establecer la obligación de que en las condiciones de trabajo, que deben constar por escrito, se establezca la manera en que se suministrarán alimentos y habitación, si así lo acordaran, así como la estimación de su valor que contará como salario, sin que esta exceda el equivalente al 25% de su salario. Los patrones tendrán la obligación de informar de manera adecuada, verificable y fácilmente comprensible, el alcance de las condiciones laborales. Señalar la obligación de distribuir el horario de trabajo de los trabajadores menores de 18 años de edad pero mayores de 15, de tal forma que no sean privados de la escolaridad obligatoria y que no se vean comprometidas sus oportunidades para acceder a la enseñanza superior o a una formación profesional. Precisar que trabajador doméstico es toda persona, independientemente de su género. Asentar que los trabajadores domésticos tienen derecho a una jornada mínima de ocho horas, al pago de horas extras, a los días de descanso previstos en esta ley, prima vacacional, derecho a indemnización en caso de despido injustificado, prima de antigüedad y demás reconocidos en esta Ley. Indicar que los trabajadores domésticos no están obligados a permanecer en el hogar o acompañar a miembros del hogar durante los periodos de descanso diario y semanal o durante las vacaciones.

3

Que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.*

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer el derecho a la ciudad, garantizar la participación de los ciudadanos, en la elaboración, definición y fiscalización de las políticas públicas que tengan por objeto asegurar el goce y ejercicio de todos sus derechos humanos en el espacio público, colectivo y diversificado que pertenece a todos sus habitantes, y brindar protección especial a personas o grupos de personas en situación vulnerable.

4

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de noviembre de 2015.

Diputado

Federico Döring Casar

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Precisar los conceptos de “Proveedor salarialmente responsable” y “Contratista salarialmente responsable”. Priorizar la calidad de responsabilidad salarial de los proveedores tratándose de licitaciones públicas y dar preferencia, en primer término, a los proveedores salarialmente responsables, y en segundo término, a los proveedores que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. Establecer como criterio orientador en los procedimientos de contratación que el contratista sea salarialmente responsable.

5

Que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

18 de noviembre de 2015.

Dip.

Jesús Gerardo Izquierdo Rojas

(PVEM)

Comisión de Seguridad Pública, para dictamen

Adicionar a dos representantes del Poder Legislativo, integrantes de las Comisiones de Seguridad Pública del Senado de la República y de la Cámara de Diputados, como integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública.

6

Que reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

18 de noviembre de 2015.

Dip.

Cuitláhuac García Jiménez

(MORENA)

 

Suscrita por la Dip.

Norma Rocío Nahle García (MORENA)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Votar en cualquier tiempo las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional. Disminuir de treinta tres a veinticinco por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión para convocar a consultas populares. Establecer que no podrán ser objeto de consulta popular los impuestos, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

18 de noviembre de 2015.

Dips.

María Candelaria Ochoa Ávalos

(MC)

 

Suscrita por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Fomentar el principio de paridad de género en los nombramientos de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de circuito y jueces de distrito, magistrados electorales y los consejeros del Consejo de la Judicatura Federal.

8

Que expide la Ley General de Desarrollo Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

18 de noviembre de 2015.

Dip.

Francisco Javier Pinto Torres

(NA)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de coordinar la política nacional en materia de desarrollo sustentable. Distribuir las competencias de los 3 órdenes de gobierno en materia de desarrollo sustentable. Crear la Agencia Nacional de Evaluación para el Desarrollo Sustentable encargada de normar y realizar la evaluación de las políticas públicas, planes y programas de desarrollo sustentable. Crear el Consejo Consultivo Nacional para el Desarrollo Sustentable como órgano permanente de consulta de la Comisión Intersecretarial.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo V

24 de noviembre de 2015.

Dip.

Norma Edith Martínez Guzmán

(PES)

Comisiones Unidas de Economía y de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para opinión

Fortalecer el alcance de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM). Indicar que deberán contener la mención expresa de que en todo lo que la NOM contravenga a las leyes se estará a lo dispuesto por las mismas. Prever que los Comités Consultivos Nacionales de normalización deberán emitir su opinión y observaciones técnicas en la elaboración de una NOM. Establecer que los anteproyectos de una NOM se presentarán directamente a la dependencia respectiva a efecto de que lo haga llegar al Comité consultivo para su consulta.  Considerar que la aprobación y publicación de las NOM corresponderá únicamente Ejecutivo Federal, con el refrendo de los titulares de las dependencias correspondientes. Prever que no podrán ser expedidas normas sobre temas no incluidos en el Programa Nacional de Normalización del año de que se trate o en su suplemento. Precisar que en la operación y funcionamiento de los establecimientos de servicios de salud se deberán satisfacer los requisitos que establezca la ley, los reglamentos y normas oficiales mexicanas correspondientes, sin detrimento del principio de legalidad.

10

Que reforma el artículo 10-B de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

18 de noviembre de 2015.

Dip.

Sergio López Sánchez

(PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Incluir al municipio para inconformarse ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de la declaratoria que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realice acerca de la violación en la suspensión del cobro de ciertos derechos.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo III

27 de octubre de 2015.

Diputado

Jorge Enrique Dávila Flores

(PRI)

Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas que se encuentren sujetos al pago del impuesto derivado de la distribución de dividendos o utilidades generados en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, en tanto dichos dividendos o utilidades sean reinvertidos por la persona moral que los generó.

12

Que reforma los artículos 124 y Vigésimo Noveno Transitorio de la Ley de Hidrocarburos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

19 de noviembre de 2015.

Dip.

Leticia Amparano Gamez

(PAN)

Comisión de Energía, para dictamen

Considerar el ingreso de las familias y las condiciones climatológicas extremas en las tarifas de gas para uso residencial.

13

Que reforma el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputado

Arturo Santana Alfaro

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Adicionar como derecho de las personas imputadas declaradas absueltas, a que se destruya su ficha de identificación administrativa, así como toda constancia que suponga su existencia.

14

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

19 de noviembre de 2015.

Dip.

Sofía González Torres

(PVEM)

 

A nombre propio y de la Dip. y Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM)

Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen

Considerar como derechos de los menores de 3 años, permanecer junto a sus madres cuando éstas se encuentren privadas de su libertad, así como a recibir educación, vestimenta y atención pediátrica cuando el menor viva en un centro penitenciario. Prohibir que en el acta de nacimiento del menor, se aluda al centro penitenciario como lugar de nacimiento.

15

Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo V

24 de noviembre de 2015.

Dip.

Jorge Tello López

(MORENA)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que los cargos de confianza atenderán la naturaleza de las funciones que desempeñen al ocupar el cargo, con independencia del nombramiento respectivo. Extender a todos los trabajadores de confianza, las medidas de protección al salario y beneficios de la seguridad social.

16

Que reforma el artículo 32-Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

18 de noviembre de 2015.

Dip.

María Elena Orantes López

(MC)

Comisión de Gobernación, para dictamen

Atribuir a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales fomentar y realizar programas de restauración ecológica en coordinación, con organismos no gubernamentales especializados y expedir la Certificación de Empresas Ecológicamente Responsables a las personas físicas o morales que lo soliciten.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

19 de noviembre de 2015.

Dip.

Mariano Lara Salazar

(NA)

Comisión de Competitividad, para dictamen

Impulsar las capacidades de los jóvenes a través de la creación, implementación y ejecución de políticas públicas y programas destinados al fomento y activación del desarrollo económico y productivo de los jóvenes.

18

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI

24 de noviembre de 2015.

Dip.

Ana Guadalupe Perea Santos

(PES)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Crear la Comisión Ordinaria de Adultos Mayores para la Cámara de Diputados.

 

 * Presentadas en una sola intervención.

 

 

 

 

 

 

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