Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo de menores. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Zárate Salgado (PRD), a nombre de la Dip. Verónica Juárez Piña (PRD), el 11 de junio de 2014. (LXII Legislatura). Iniciativa suscrita por el Dip. Omar Antonio Borboa Becerra (PAN) el 11 de junio de 2014. (LXII Legislatura). Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI) el 03 de julio de 2014. (LXII Legislatura). Iniciativa suscrita por el Dip. José Everardo Nava Gómez (PRI) el 07 de julio de 2014 (LXII Legislatura). Iniciativa suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Héctor Gutiérrez de la Garza y Claudia Delgadillo González (PRI) el 23 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura). Declaratoria de Publicidad emitida el 06 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura). Propuesta: Prohibir el trabajo de menores de 15 años, establecer que no podrá utilizarse el trabajo de mayores de 15 años y menores de 18 que no hayan concluido su educación básica. Prohibir el trabajo de menores de 18 años dentro del círculo familiar en cualquier tipo de actividad que resulte peligrosa para su salud, su seguridad, su moralidad, o que afecte el ejercicio de sus derechos. Cuando los menores de 18 años realicen actividades productivas de autoconsumo bajo la dirección de integrantes de su círculo familiar o tutores, éstos tendrán la obligación de respetar u proteger los derechos humanos de los menores. Incluir como labores peligrosas o insalubres las que impliquen jornadas nocturnas industriales o el trabajo después de las veintidós horas y el trabajo en minas; los mayores de 18 años y menores de 16 podrán realizar éstas labores siempre que se encuentren a salvo su salud, su seguridad y su moralidad siempre y cuando medie autorización de la Junta de Conciliación y Arbitraje o de Inspección en el trabajo. Intervenciones: Por la Comisión: Dip. Claudia Delgadillo González* Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario: Dip. José Angelino Caamal Mena (NA) Dip. Héctor Hugo Roblero Gordillo (PT) Dip. Juan Luis Martínez Martínez (MC) Dip. Carla Alicia Padilla Ramos (PVEM) Dip. Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD) Dip. Karina Labastida Sotelo (PAN) Para hablar en contra: Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC) Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara ( PT) Para hablar en pro: Dip. María del Socorro Ceseñas Chapa (PRD) Dip. Gloria Bautista Cuevas (PRD) Para presentar reserva: Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT) al artículo 22, 23 y 995 Bis. *Propuso modificación a nombre de la Comisión. |
a) En votación económica se aceptó la modificación propuesta por la Comisión. b) Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados del proyecto de decreto modificado, por 386 votos a favor, 1 en contra y 7 abstenciones. c) En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Ladrón de Guevara. d) Aprobados los artículos 22, 23 y 995 Bis, en los términos del dictamen, por 366 votos a favor y 19 en contra. e) Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. |