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Comisión de Puntos Constitucionales Publicación en GP: Anexo XI. 03 de febrero de 2015. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios. Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita por el Dip. Héctor Humberto Gutiérrez De la Garza (PRI) y suscrita por diputados y senadores de diversos Grupos Parlamentarios el 22 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura). Propuesta: Incorporar el principio de estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. Facultar al Congreso para expedir leyes en materia de deuda pública y en materia de responsabilidad hacendaria, asimismo, a la Auditoria Superior de la Federación para fiscalizar a los Estados y Municipios, cuyos empréstitos cuenten con la garantía de la Federación. Establecer que los Estados y los municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos cuando se destinen a su refinanciamiento o reestructura, misma que deberán realizar bajo las mejores condiciones del mercado, en ningún caso podrán destinar empréstitos para cubrir gasto corriente, pero podrán contratar obligaciones para cubrir sus necesidades de corto plazo. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |