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Que expide la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de Instituciones de Crédito. Publicación en GP: Anexo VIII. 16 de abril de 2009. |
Proceso Legislativo: Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Rosalía Peredo Aguilar (PAN) el 27 de marzo de 2007. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Antonio Mejía Haro (PRD), Dante Delgado Rannauro (Convergencia), Yeidckol Polevnsky Gurwitz (PRD), Silvano Aureoles Conejo y Rubén Fernando Velásquez López (PRD), el 13 de noviembre de 2008. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Jorge Andrés Ocejo Moreno, Humberto Andrade Quezada, José Isabel Trejo Reyes, Martha Leticia Sosa Govea y Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN) el 25 de noviembre de 2008. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Francisco Arroyo Vieyra, Adolfo Toledo Infanzón, Carlos Lozano de la Torre, Jesús María Ramón Valdés, Raúl José Mejía González, María Elena Orantes López (PRI), Antonio Mejía Haro, Silvano Aureoles Conejo, Minerva Hernández Ramos (PRD y Ricardo Monreal Ávila (PT) el 11 de marzo de 2009. Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de abril de 2009. Dictamen a Discusión presentado el 15 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos y 1 en contra. Se turno a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Propuesta: Incorporar a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo al sistema financiero mexicano, reconociendo que forman parte del sector social de la economía, con un régimen jurídico y fiscal distinto del que por su propia naturaleza corresponde para las entidades financieras que integran los sectores privado y público. Regular el servicio de captación de fondos y recursos monetarios y su colocación mediante préstamos, créditos u otras operaciones, por parte de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con sus socios; así como promover y facilitar las actividades y operaciones de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, con el propósito de lograr su sano y equilibrado desarrollo; proteger los intereses de los socios ahorradores y del público en general en relación a las operaciones que realicen con las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Asimismo, dotar al Estado con facultades de supervisión, regulación y sanción, en relación a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. |
Comisión de Hacienda y Crédito Público con opinión de las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Fomento Cooperativo y Economía Social |