Relativo al trámite de las iniciativas con proyecto de decreto, así como a las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día y las turnadas a comisiones durante la LX Legislatura. Resolutivos: PRIMERO.- Se solicita a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, a través su Presidencia, de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que turne a las comisiones correspondientes todas las iniciativas con proyecto de ley o decreto registradas en el orden del día que no alcancen a ser desahogadas en el actual segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura. Asimismo, la Presidencia de la Mesa Directiva publicará en la Gaceta Parlamentaria una relación en la que se señale el turno que se dictó a cada iniciativa con proyecto de ley o decreto. SEGUNDO.- La diputada o el diputado que tenga interés en retirar su iniciativa con proyecto de ley o decreto, y siempre que no se le dé trámite, contará con un plazo de hasta siete días hábiles, a partir de la fecha de la sesión de clausura del presente periodo de sesiones, y deberá solicitarlo por escrito a la Presidencia de la Mesa Directiva. TERCERO.- Para las solicitudes de cambio o ampliación de turno, el plazo que señala la fracción I del artículo primero del acuerdo por el que se norman los trámites de cambio o ampliación de turnos de iniciativas o de proposiciones con punto de acuerdo presentadas en las sesiones plenarias, de fecha 21 de junio de 2005, surtirá efectos a partir de la publicación de la lista de referencia. CUARTO.- Las proposiciones con punto de acuerdo registradas en el orden del día que no alcancen a ser desahogadas en el actual periodo de sesiones serán devueltas a los grupos parlamentarios correspondientes, a efecto de que se actualicen y, en su caso, se decida presentarlas ante la Comisión Permanente. QUINTO.- En el caso de las proposiciones con punto de acuerdo turnadas comisiones a lo largo de la LX Legislatura y que se encuentren pendientes de dictamen o de resolución, cada órgano legislativo deberá notificar formalmente a la Presidencia de la Mesa Directiva, a más tardar el 30 de julio del presente año, cuáles son de su interés para mantenerse vigentes para su análisis y dictamen. Los expedientes restantes serán devueltos a la Presidencia de la Mesa Directiva y conservados por la Secretaría General para efectos de su archivo, custodia y ulterior trámite o archivo definitivo. En el caso de las proposiciones con punto de acuerdo turnadas a comisiones unidas, será la comisión que encabece el turno quién tenga la facultad de pronunciarse sobre el particular. SEXTO.- El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria. |