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Legislaturas de los Estados |
17 Oficios de los congresos de los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Morelos, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, por los que comunican su aprobación al proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXIX-N al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
a) La Secretaría realizó el escrutinio y cómputo respectivos, de conformidad con el artículo 135 constitucional, dando fe de la aprobación de 17 Congresos Estatales. b) Se declaró aprobado el decreto por el que se reforma el artículo 73 fracción XXIX-N de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. c) Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. |
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17 Oficios de los congresos de los estados de Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Guanajuato, Estado de México, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, por los que comunican su aprobación al proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
a) La Secretaría realizó el escrutinio y cómputo respectivos, de conformidad con el artículo 135 constitucional, dando fe de la aprobación de 17 Congresos Estatales. b) Se declaró aprobado el decreto por el que se reforma el artículo 6° segundo párrafo con siete fracciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. c) Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. |