No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 67 y adiciona el artículo 42 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Publicación en GP: Noviembre 6, 2007. |
Asamblea Legislativa del Distrito Federal Nota: Sin intervención en tribuna. |
Comisión del Distrito Federal |
Facultar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, o en sus recesos, a la Diputación Permanente para autorizar al jefe de Gobierno del Distrito Federal ausentarse del territorio nacional cuando su ausencia fuere mayor a diez días naturales. Asimismo, establecer que a su regreso, aún y cuando el viaje haya sido menor a los diez días antes citados, deberá presentar un informe a la Asamblea Legislativa en el que se incluya las actividades realizadas, así como las metas alcanzadas durante la visita |
2 |
Que reforma el último párrafo del Artículo Segundo Transitorio y deroga el Artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007. Publicación en GP: Anexo II. Noviembre 6, 2007. |
Dips. Martha Angélica Romo Jiménez, Francisco Domínguez Servién y Jorge Quintero Bello (PAN) Nota: Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Economía |
Incluir dentro de las reglas a las que se sujetará la distribución del total de las fracciones arancelarias asignadas a Liconsa, S.A. de C.V., el estimado para los programas de ordeña por contrato y de industrialización de excedentes. Asimismo, establecer que tanto el estimado antes mencionado así como el precio de compra de leche a productores nacionales se determinarán de acuerdo a las condiciones del mercado, sin estar sujetas a disposición alguna que establezca elementos para determinar el precio de adquisición de leche. |
3 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP: Anexo II. Noviembre 6, 2007. |
Dip. Martha Angélica Tagle Martínez (Convergencia) Nota: Sin intervención en tribuna |
Comisión de Hacienda y Crédito Público con opinión de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo |
Incluir a los municipios dentro del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal así como del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, cuyas participaciones les serán entregadas por conducto de sus ayuntamientos. Asimismo, establecer que las aportaciones y sus accesorios que les corresponda a las entidades federativas y a los municipios con cargo a los Fondos de Aportaciones Federales no serán ajustables o recortables. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Publicación en GP: Anexo I. Octubre 18, 2007. |
Dip. María Gloria Guadalupe Valenzuela García (PAN) |
Comisión de Justicia |
Establecer que cuando alguna de la partes en un juicio presente alguna discapacidad auditiva o visual, el juez ordenará la asistencia necesaria en materia de estenografía proyectada, en términos de la Educación Especial prevista en la Ley General de las Personas con Discapacidad. |
5 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. Publicación en GP: Anexo I. Octubre 18, 2007. |
Dip. Pedro Montalvo Gómez (PRI) |
Comisión de Recursos Hidráulicos |
Incluir dentro de las obligaciones de los concesionarios y asignatarios de aguas nacionales sujetarse a las disposiciones generales y normas en materia de seguridad hidráulica, de equilibrio ecológico y protección del ambiente, y participar en las campañas anuales de forestación y reforestación del 1 de julio al 15 de agosto. |
6 |
Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo I. Octubre 31, 2007. |
Dips. Gloria Lavara Mejía y Francisco Elizondo Garrido (PVEM) Nota: Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que la enseñanza de la educación física será obligatoria en los niveles básica, media y media superior de educación pública y privada. Asimismo, como obligación del Estado el garantizar el apoyo a los deportistas de alto rendimiento, sin discriminación, en los deportes de alta competencia. |
7 |
Que reforma los artículos 95, 96 y 97 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Publicación en GP: Anexo II. Noviembre 6, 2007. |
Dip. Gerardo Aranda Orozco (PAN) Y suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios Nota: Sin intervención en tribuna |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Considerar a todas las Organizaciones de la Sociedad Civil incluidas en la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles. Asimismo, establecer que las donatarias autorizadas a recibir aportaciones deducibles de impuestos que pierdan esta condición deberán distribuir entre las organizaciones que la conserven la totalidad de su patrimonio. |