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PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO. |
Datos Relevantes de la Sesión N° 1, Septiembre 07, 2005. |
2. INICIATIVAS
No |
Iniciativa |
Origen |
Turno o Trámite |
Materia |
Propuesta |
1 |
Con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción IX al articulo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |
Senador Fernando Gómez Esparza (PRI) |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Impuestos |
Establecer la deducibilidad de las primas por seguros de vehículos. Las primas por seguros de vehículos, por concepto de robo, daños a la unidad asegurada, y que deberán incluir el resarcimiento de los daños a terceros afectados y, en su caso, la indemnización a los deudos por causa de muerte provocada en el accidente o un seguro de vida para los pasajeros. El seguro deberá ser contratado por el propio contribuyente y el beneficiario de la cobertura del seguro será él mismo, su cónyuge o la persona con quien vive en concubinato o sus ascendientes o descendientes, en línea directa. |
2 |
Con Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal de 2006. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Fiscal |
La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, establece las siguientes propuestas: 1. Solicitar un monto de endeudamiento interno neto del Gobierno Federal por 180 mil millones de pesos. 2. Establecer un balance superavitario del Sector Público presupuestario por 17.6 mil millones de pesos, que resulta de un déficit del Gobierno Federal de 159 mil millones de pesos y un superávit de los organismos y empresas del Sector Público por 176.6 mil millones de pesos. 3. Establecer una recaudación federal participable por un monto de1 billón 104 mil 237.2 millones de pesos. 4. Autorizar al Ejecutivo Federal, un monto de endeudamiento neto interno hasta por 180 mil millones de pesos, para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, para el Ejercicio Fiscal 2006. 5. Determinar que el Ejecutivo Federal, pueda contratar créditos o emitir valores en el exterior con el objeto de canjear o refinanciar obligaciones del Sector Público Federal a efecto de obtener un monto de desendeudamiento neto externo de al menos 500 millones de dólares de los de los Estados Unidos de América. 6. Autorizar a la Banca de Desarrollo y Fondos de fomento, un monto conjunto de déficit por intermediación financiera de 35 mil 576 millones de pesos. 7. Aprobar al Distrito Federal para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas de Crédito Público para un endeudamiento neto de 1 mil 600 millones de pesos para el financiamiento de obras y proyectos de inversión contemplados en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal del 2006. 8. Determinar que la federación perciba ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada, por un monto de 684 mil 947.8 millones de pesos. 9. Mantener en la Ley de Ingresos, el Programa de Ampliación y Actualización del Registro Federal de Contribuyentes, a través del cual el Servicio de Administración Tributaria, por conducto de sus autoridades encargadas de prestar asistencia a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras, lleve a cabo recorridos, invitaciones, solicitudes de información, censos o cualquier otra medida, a efecto de ampliar y mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes. 10. Incluir en la Ley de Ingresos la disposición que faculta al Servicio de Administración Tributaria para celebrar convenios con los contribuyentes, a efecto de condonar total o parcialmente multas y recargos respecto de créditos derivados de contribuciones fiscales. |
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Con Proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. |
Fiscal |
El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006 establece las siguientes propuestas: 1. Determinar como Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2006, un gasto total de $1,881,200,400,000.00, pesos. 2. Establecer una meta de superávit público presupuestario de $17,607,200,000.00. El Ejecutivo Federal podrá no sujetarse a lo anterior como consecuencia de una emergencia de carácter nacional, tal como un desastre natural, informando de ello a la Cámara, sujeto al monto de endeudamiento neto aprobado en la Ley de Ingresos de la Federación. 3. Estipular que el ejercicio del gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social será de $209,820,400,000.00. El Gobierno Federal aportará al Instituto la cantidad de $38,708,000,000.00, como aportaciones para los seguros y la cantidad de $65,383,000,000.00, para cubrir las pensiones. 4. Asignar 826.6 miles de millones de pesos para las funciones de desarrollo social, educación, incluyendo cultura y deporte, representa el 38.0 por ciento del total, mientras que a las funciones de salud y seguridad social corresponde el 49.8 por ciento. 5. Estipular los gasto para la función seguridad social que será de 189.1 miles de millones de pesos, lo que representa el 14.3 por ciento del gasto programable. 6. Considerar que para el conjunto de funciones de desarrollo económico que realiza el sector público federal se contempla una asignación de 353.5 miles de millones de pesos en 2006. 7. Incluir una asignación de 2.5 miles de millones de pesos para los procesos de regularización y ordenamiento de la propiedad rural, a fin de proporcionar certeza jurídica sobre la tenencia de la tierra y reducir los conflictos sociales en el campo. 8. Determinar en cuanto al gasto total en ciencia y tecnología que llevan a cabo las dependencias y entidades de la administración pública federal, a través del Programa Especial de Ciencia y Tecnología, considerando tanto las funciones en materia de desarrollo económico como las de desarrollo social, la propuesta para 2006 es de 29,079.7 millones de pesos, de los cuales el 70.9 por ciento corresponde a recursos fiscales y el 29.1 por ciento a recursos propios. 9. Establecer la propuesta de presupuesto para la función orden, seguridad y justicia para el próximo año de 24.3 miles de millones de pesos. 10. Asignar 3,047.7 millones de pesos a el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), que es responsable de generar y difundir información demográfica, económica y social para apoyar la investigación y la toma de decisiones. |
4 |
Con proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones fiscales. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. |
Fiscal Fiscal |
Modificar, de conformidad con el paquete económico 2006, las Leyes del CFF, ISR,IEPS y ISAN. Modificar el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la Ley del impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos: |
a) |
De reformas a el Código Fiscal de la Federación. |
Reformar al Código Fiscal de la Federación, respecto a la adopción del principio de la “Preeminencia del Fondo sobre la Forma”; reformar las reglas de independencia para el auditor que dictamina estados financieros para los efectos fiscales, y establecer una reforma en materia de delitos fiscales. 1. Establecer que el principio de la “Preeminencia del Fondo sobre la Forma” tiene como propósito asegurar un trato fiscal igual para los actos de igual contenido económico, pero distinta configuración formal. 2. Incorporar de reglas al Código Fiscal de la Federación que delimiten con mayor precisión la independencia de quienes auditan estados financieros para efectos fiscales. 3. Establecer que en los delitos fiscales la autoridad judicial impondrá la sanción que corresponda, salvo que el inculpado haya pagado las contribuciones originadas por los hechos imputados, las sanciones y accesorios que resulten, a entera satisfacción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, manteniendo la facultad de las autoridades administrativas para hacer efectivas las contribuciones omitidas, los recargos y las sanciones, independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento penal y sin que ello afecte dicho procedimiento. |
b) |
De reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |
Las reformas a la Ley del ISR, se dividen en dos partes, la primera que habla sobre los “Residentes en el extranjero y precios de transferencia” y la segunda que habla sobre los “Fideicomisos Inmobiliarios”. 1. Establecer que los contribuyentes, deberán considerar en primer término el método de precio comparable no controlado, antes de cualquier otro método, en virtud de que es el medio más directo para precisar si las condiciones de las relaciones comerciales y financieras entre partes relacionadas cumplen con la característica de estar a precios de mercado. 2. Modificar el estímulo sobre los fideicomisos inmobiliarios en los siguientes términos: a) Los fideicomitentes al momento de aportar bienes inmuebles al fideicomiso deberán determinar la ganancia por la enajenación de dichos bienes y ésta se acumulará actualizada hasta el momento en el que el fideicomitente enajene los certificados de participación correspondientes. b) Se mantiene el estímulo consistente en que el fideicomiso no efectúe pagos provisionales del impuesto sobre la renta. c) Se exenta la ganancia que las personas físicas y los residentes en extranjero obtengan por la enajenación de los certificados de participación que emita el fideicomiso, cuando éste los coloque en bolsas de valores autorizadas o mercados reconocidos. Ello con el objeto de otorgar a dichos certificados el mismo tratamiento que a las acciones. d) Mantener el estímulo a los inversionistas que sean fondos de pensiones o jubilaciones del país y del extranjero, en el sentido de no efectuarles la retención por los rendimientos que genere el fideicomiso, siempre que dichos fondos sean los beneficiarios efectivos y hayan sido propietarios de los certificados de participación cuando menos durante un año, ello en virtud de que dichos fondos se encuentran exentos del impuesto sobre la renta. e) Establecer obligaciones específicas a las personas físicas residentes en México y a los residentes en el extranjero, con lo anterior el tratamiento fiscal aplicable a estos contribuyentes será más sencillo y permitirá el acceso de cualquier inversionista, liberándolos de cumplir con todas las disposiciones aplicables a los ingresos por actividades empresariales. |
c) |
De reformas a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. |
Apoyar al medio ambiente y a la ecología a través del fomento del uso de envases reutilizables de mejor calidad y mayor duración por parte de la industria cervecera. Establecer que los fabricantes, productores y envasadores en la enajenación de cerveza y quienes realicen su importación, determinen como impuesto a pagar, la cantidad que resulte mayor de la comparación entre la tasa establecida en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a la enajenación o importación de cerveza, y la cantidad de $3.00 por cada litro de cerveza enajenado o importado, disminuida, en su caso, con la cantidad de $1.26 por la utilización de envases retornables correspondientes a cada litro de cerveza enajenado o importado. |
d |
De reformas a la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. |
Establecer el Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos para resarcir la disminución de ingresos derivada de la ampliación de la exención y relativa con el propósito de evitar el deterioro en las finanzas públicas de las entidades federativas por efectos de la inflación, se prevé la actualización en forma anual del monto correspondiente al fondo. Crear un Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para resarcir a las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y que tengan celebrado con la Federación convenio de colaboración administrativa en materia del impuesto sobre Automóviles Nuevos. |
5 |
Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. |
Ejecutivo Federal |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Fiscal |
Modificar la Ley Federal de Derechos, en materia de Radio y Televisión, Importación, Minería, Telecomunicaciones, Materia Portuaria, Educación, Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Medio Ambiente, Áreas Naturales Protegidas, Bienes Culturales de la Nación, Espacio Aéreo, Agua y Marbetes 1. Derogar diversas disposiciones que generan el cobro de derechos por los trámites que se realicen en materia de concesiones, permisos y contenido de las transmisiones en radio y televisión. 2. Reformar la fracción VI del artículo 19-E, de la Ley Federal de Derechos, relativo al derecho por el trámite, estudio y, en su caso, clasificación y autorización de películas, series filmadas, telenovelas y teleteatros grabados. 3. Evitar regulaciones innecesarias que obstaculizan el comercio internacional de nuestro país y que afectan a los importadores para la realización de sus operaciones. 4. Eliminar la actual distinción entre los derechos que se pagan según el tipo de concesión o asignación minera de que se trate, ya sea de exploración o explotación, a fin de homologar su cobro sin considerar la distinción. 5. Reformar la disposición relativa al derecho por el estudio de la solicitud del refrendo de la concesión de radiodifusión sonora, a fin de que la autoridad, al realizar el análisis del refrendo, revise técnica y administrativamente cada uno de los canales o estaciones que se encuentran contemplados en la propia concesión. 6. Modificar la cuota que actualmente establece el artículo 167 de la Ley Federal de Derechos, relativo a los derechos por la expedición de concesiones, permisos y autorizaciones para la construcción o el uso o aprovechamiento de obras marítimo portuarias, así como para la prestación de servicios portuarios en las vías generales de comunicación por agua. 7. Prever el pago de los derechos por la solicitud, estudio y resolución del trámite de autorización para impartir la citada educación preescolar. 8. Continuar con el ajuste de las cuotas de los derechos que se encuentran obligados a cubrir las entidades y sujetos del sistema financiero que se encuentren obligados al pago del derecho de inspección y vigilancia por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a fin de que se apeguen con mayor precisión a los costos en que incurre dicha Comisión al prestar estos servicios. 9. Incentivar el aprovechamiento de recursos no maderables, así como estimular a aquellos contribuyentes que hayan cumplido correctamente con la legislación vigente en la materia. 10. Contemplar, dentro del pago respectivo, todas las áreas naturales protegidas federales existentes hasta hoy en día, para así explotar racional y sustentablemente, mediante el acceso respectivo, los recursos biológicos ahí existentes. 11. Crear el área tipo AAA, referente al derecho por el acceso a los museos, monumentos y zonas arqueológicas propiedad de la Federación. 12. Eliminar referencias innecesarias dentro del cuerpo de la Ley y para los efectos del derecho por el uso o aprovechamiento del espacio aéreo mexicano contemplado en el artículo 289 de la misma, 13. Beneficiar a los municipios del sureste del país, mediante una disposición de carácter transitorio, a fin de que tributen en una zona de disponibilidad mas baja a la que actualmente se encuentran obligados. 14. Se incorpora un nuevo derecho referente al cobro de $0.08 por cada marbete para las cajetillas de cigarros. |
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