SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 26, de Abril 30, 2008.

 

                 ADENDA 2. INICIATIVAS REGISTRADAS EN EL ORDEN DEL DÍA

No.

INICIATIVA

ORIGEN*

TURNO O TRÁMITE**

SINOPSIS

1

Que  reforma los artículos 62, 65, 66, 67, 69, 70, 71, 72, 73, 77, 78 y 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo XII. Abril 29, 2008.

Dip.

Ruth Zavaleta Salgado (PRD)

 

Y Diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Redefinir las facultades de los miembros del Poder Legislativo, estableciendo el principio de incompatibilidad y su finalidad. Incorporar como obligación para todos los miembros de dicho poder, rendir un informe patrimonial al inicio de sus funciones. Modificar la fecha de inicio y de término del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión de cada año, para sesionar en vez del 1 de febrero al 30 de abril,  del 1 de marzo al 15 de junio. Establecer la forma en que habrán de resolverse los casos de desacuerdo entre ambas Cámaras para poner término a los periodos de sesiones antes de las fechas indicadas. Establecer que el Ejecutivo Federal a la apertura de sesiones del Congreso deberá presentar sólo por escrito su informe de gobierno. Facultar al Congreso de la Unión para convocar a cualquier persona a fin de solicitarles información cuando se discuta una Ley o un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades y establecer la forma en que se podrán crear comisiones de investigación y hacer solicitudes de información al titular del Ejecutivo, sus dependencias y entidades del gobierno federal. Incorporar la iniciativa popular, su procedimiento y la materia en que estas podrán versar.

2

Que adiciona los artículos 25, 26 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo XII. Abril 29, 2008.

Dip.

Elías Cárdenas Márquez (Convergencia)

 

Y Diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Economía

Crear el Consejo Económico y Social, como un órgano autónomo nacional e interinstitucional de carácter consultivo ante los 3 Poderes de la  Unión y contará con representantes de los distintos ámbitos económicos y sociales y de la sociedad civil organizada y de expertos en la materia para aplicar políticas económicas que permitan el desarrollo de la economía nacional. Establecer un gabinete económico y social donde participen los secretarios de la materia, presidido por el titular del Ejecutivo Federal y que  incluya al Consejo Económico y Social, estando facultado este último para participar y opinar en la toma de decisiones. Que sus observaciones deberán tomarse en cuenta por el Poder Ejecutivo y Legislativo en su carácter de comité de expertos en la materia económica y social.

3

Que adiciona el artículo 59 Bis de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI)

Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía

Prohibir la trasmisión de programación que contenga lenguaje agresivo o intimidatorio, actos que causen un daño físico o la muerte, amenazas; connotaciones de tipo sexual, actos de racismo o discriminación o cualquier otro contenido nocivo o perturbador para la niñez.

4

Que reforma los artículos 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 27 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008.

Dip.

Francisco Elizondo Garrido

(PVEM)

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social

Incorporar una leyenda a los vales de despensa que diga ?No es valido para la adquisición de cerveza, bebidas alcohólicas, cigarros y tabacos labrados?. Asimismo, establecer que se excluyen como integrantes del salario base de cotización, a la alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa a los trabajadores y este pague por cada una de ellas, como mínimo, el 20 % del salario mínimo general diario que rija en el Distrito Federal y a las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el 40 % del salario mínimo general diario vigente.

5

Que reforma los artículos 236, 237 y 245 de la Ley General de Salud, los artículos 24, 67, 193, 197, 198 y el Título del Capítulo V del Código Penal Federal, los artículos 524 al 526, el Título Decimosegundo y su Capítulo III del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (Alternativa)

 

Y Diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisiones Unidas de Salud y de Justicia

Facultar a la COFEPRIS para levar a cabo las funciones que permitan usos médicos, científicos o industriales de la cannabis conforme a la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.

Permitir el uso de la cannabis y sus derivados con fines médicos contando con las autorizaciones respectivas y en el caso del consumidor, con receta médica otorgada conforme a las normas aplicables.

Penalizar a quien induzca a otro a consumir narcóticos.

Adecuar las penas aplicables a campesinos y consumidores que no cumplan con las autorizaciones de la Secretaría de Salud.

Sustituir los términos "estupefacientes" y "psicotrópicos" por el genérico "narcóticos".

6

Que adiciona el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal, el artículo 3 Bis de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y el artículo 10 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI)

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Pública

Aumentar anualmente las aportaciones federales con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública con una cifra no menor al índice nacional de precios al consumidor, para el apoyo al socorro de ley de los internos del fuero federal, el cual incluye los gastos correspondientes a la vigilancia, manutención y alimentación, así como los servicios médicos, psicológicos, sociales, jurídicos y laborales.

7

Que reforma la fracción II del artículo 184 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción XXXV del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008.

Dip.

Carlos Chaurand Arzate

(PRI)

Comisión de Justicia

Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para que sea el que regule, recopile, documente, seleccione y difunda, con apego a las normas constitucionales, legales y reglamentarias en la materia, las sesiones de los tribunales colegiados de circuito.

8

Que expide la Ley de Amnistía para Todos los Presos, Desaparecidos y Perseguidos por Motivos Políticos de Jurisdicción Federal o del Ámbito del Distrito Federal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008

Dip.

Aleida Alavez Ruiz

(PRD)

Comisión  de Gobernación con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Decretar la amnistía a favor de todas aquellas personas en contra de las cuales se haya ejercitado o haya de ejercitarse acción penal ante los tribunales federales y del Distrito Federal por delitos derivados de su participación en movilizaciones políticas, reivindicaciones sociales o por su participación, real o supuesta, en movimientos armados, impulsados por motivos políticos con el propósito de modificar o alterar la forma de gobierno u obtener respuesta gubernamental a demandas económicas, sociales o políticas. Asimismo, crear una Comisión Especial Permanente con el objeto de instrumentar el cumplimiento de  lo señalado anteriormente.

9

Que reforma diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Nacionalidad y General de Población.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 6, 2008.

Dip.

Aurora Cervantes Rodríguez

(PRD)

Comisiones Unidas de Gobernación, de Relaciones Exteriores y de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Incluir a la matricula consular como identificación personal y acreditamiento de  la inscripción oficial de los mexicanos que residen en el exterior en el registro que obra en las oficinas consulares.

10

Que reforma los artículos 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 56 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 6, 2008.

Dip.

Fernando Enrique Mayans Canabal

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Salud

Precisar el objeto de la pena privativa de la libertad, así como los principios y características del sistema penitenciario en términos del debido proceso legal y el respeto y salvaguarda de los derechos humanos de los internos. Asimismo, establecer que los establecimientos penitenciarios deberán contar con un servicio médico quirúrgico, y las bases para la atención de los internos.

11

Que reforma y adiciona el artículo 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 6, 2008.

Dip.

Enrique Rodríguez Uresti

(PAN)

Comisión de Economía

Incluir dentro de las atribuciones de la Procuraduría Federal del Consumidor el asesorar individualmente o en grupo a los consumidores, siempre que lo soliciten, ante autoridades jurisdiccionales y administrativas, y ante proveedores, en las cuestiones que se relacionen con la aplicación de los derechos del consumidor. Asimismo, la de interponer los recursos ordinarios y extraordinarios procedentes, para la defensa de los consumidores, a petición de los mismos.

12

Que reforma los artículos 16, 21, 76, 102, deroga la fracción IX del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma los artículos 1, 16 y 67 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 6, 2008.

Dip.

Fernando Enrique Mayans Canabal

 (PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia

Otorgar autonomía al Ministerio Público de la Federación, cuyos funcionarios serán nombrados y adscritos por el Consejo del Ministerio Público y su titular será designado por el Senado de la República por el voto de las 2 terceras partes de sus miembros presentes y podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale. Que dicho Consejo se integrará por 5 miembros, de los cuales 1 será el procurador general de la República y 4 consejeros designados por el Senado. Establecer los principios que rigen la función del Ministerio Público: legalidad, certeza, eficiencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo y honradez. Asimismo, el procedimiento a seguir para la designación del procurador general de la República.

13

Que reforma los artículos sexto y séptimo y adiciona el artículo octavo transitorio de la Ley para la Reforma del Estado.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 3, 2008.

Dip.

Miguel Ángel Jiménez Godínez

(Nueva Alianza)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Modificar la vigencia de la Ley para la Reforma del Estado, del 12 de abril de 2008 al 30 de septiembre de 2008. Que para cubrir los gastos que ocasione el cumplimiento de esta Ley, se autorizarán las transferencias indispensables  del año 2008, durante este periodo se procesarán las iniciativas y conclusiones elaboradas por los grupos de trabajo. A su vez, que en la segunda sesión del Primer Periodo Ordinario del Tercer Año de Ejercicio de la LX Legislatura, el presidente en turno de la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos del Congreso de la Unión, deberá presentar un informe de los trabajos realizados. Asimismo, que la presidencia de dicha Comisión deberá ser  alternada por el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados,  por periodos de 3 meses cada uno.

14

Que reforma los artículos 25, 32, 33, 37, 44, 45, 48 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Alma Edwviges Alcaraz Hernández

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que en los retrasos para la entrega de las aportaciones federales por parte de las dependencias y de las entidades de la Administración Pública Federal a los estados y al Distrito Federal, siempre que el retraso no sea por circunstancias ajenas a los servidores públicos correspondientes, serán objeto de responsabilidad administrativa para éstos. Que los estados y el Distrito Federal tendrán un plazo de 3 días para entregar los recursos a partir de que sean recibidos de la federación los recursos correspondientes. Facultar al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, para atender acciones sociales básicas sobre fosas sépticas, obras de ampliación de redes y de líneas de distribución de energía eléctrica y la construcción de centros de desarrollo comunitario, desarrollo de áreas de riego y de áreas de temporal. Asimismo, que los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, no podrán utilizarse para el pago de salarios, bonos, sobresueldos, compensaciones o cualquier otro concepto relacionado con el pago de servicios personales, ni para celebraciones, regalos y cualquier rubro que no esté vinculado con el objetivo de fortalecer al municipio o a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

15

Que reforma y adiciona los artículos 7, 17, 18, 19, 21 y 22 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 11, 2008.

Dip.

Miguel Ángel Peña Sánchez

 (PRD)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Establecer que el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad deberá dar a conocer periódicamente los acuerdos que emita el Consejo Consultivo, a fin de que las dependencias en los tres niveles de gobierno los difundan, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoviendo los medios de comunicación apropiados para las personas con discapacidad y el libre acceso a los servicios gratuitos de tecnologías de información. Asimismo, que las autoridades podrán celebrar convenios con los sectores privado y social para que el uso y disfrute de los servicios deportivos y culturales sean a través de programas de acceso gratuito.

16

Que adiciona una fracción VII al artículo 2 de la Ley de Planeación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Verónica Velasco Rodríguez

(PVEM)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Incluir la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, dentro de los principios en los que deberá basarse la Planeación Nacional de Desarrollo.

17

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 11, 2008.

Dip.

Neftalí Garzón Contreras

 (PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que los procedimientos ordinarios ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje no podrán extenderse por más de 6 meses, los procedimientos especiales por más de 4 meses, los de ejecución por más de 3 meses y los paraprocesales o voluntarios por más de 2 meses. Adicionalmente, considerar que el exceder dichos plazos, será causa de responsabilidad patrimonial del Estado, por un mínimo de 1 mes de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, con excepción de aquellos que puedan derivarse de las materias penales o administrativas, correspondientes.

18

Que adiciona los artículos 4 y 16 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y reforma el 40 y adiciona el 51 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19, 2008.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI)

Comisión de la Función Pública

Establecer que los actos administrativos de carácter individual deberán publicarse una vez que hayan quedado firmes, en los respectivos sitios de internet de las dependencias que los hayan emitido, respetando lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en materia de datos personales. Asimismo, que  la publicación relativa a la situación patrimonial de  los servidores públicos será obligatoria y se hará previa solicitud por escrito del interesado mediante su plena identificación, debiendo contener nombre, ocupación, domicilio y las razones que motiven dicha solicitud. A su vez, que el diagnóstico, las acciones permanentes, los lineamientos generales, el código de ética, la evaluación anual, las modificaciones y los resultados de la participación de los sectores social y privado deberán hacerse públicos en los respectivos sitios de internet de las dependencias y entidades correspondientes.

19

Que reforma y adiciona el artículo 44 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

 

Publicación en GP: Anexo II. Febrero 28, 2008.

Dip.

Juan Francisco Rivera Bedoya

(PRI)

Comisión de la Función Pública

Establecer un recurso legal de suspensión sobre  la aplicación y efectos del procedimiento administrativo cuando sea a petición de parte, con la finalidad de  que no cause algún daño o perjuicio al particular que inicio dicho procedimiento. Que este recurso será otorgado cuando lo solicite expresamente el recurrente, no se cause perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público o se deje sin materia el proceso administrativo o no se ocasionen daños o perjuicios a terceros. Que la autoridad administrativa, en un término de 3 días hábiles contados a partir de la recepción de solicitud de inicio del procedimiento, deberá proveer sobre la suspensión del acto impugnado. Que la suspensión que se conceda sólo tendrá como efecto que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, hasta en tanto se pronuncia la resolución al procedimiento administrativo iniciado y que podrá revocarse por la autoridad administrativa, previa vista que se conceda a los interesados por el término de 3 días.

20

Que  reforma y adiciona el artículo 61 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

 

Publicación en GP: Anexo II. Febrero 28, 2008.

Dip.

Juan Francisco Rivera Bedoya

(PRI)

Comisión de la Función Pública

Establecer que en el procedimiento de rescisión de contrato, el ofrecimiento, la admisión y desahogo de pruebas se realizará con arreglo a lo dispuesto por el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles. Asimismo, los criterios que se deberán observar respecto de las periciales ofrecidas.

21

Que reforma diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 11, 2008.

Dip.

José Luis Murillo Torres

(PAN)

Comisión de Seguridad Pública

Establecer que en los centros de reclusión para mujeres se deberá proporcionar atención médica especializada durante el embarazo y servicios ginecológicos, obstétricos y pediátricos de emergencia. Que los hijos de las mujeres recluidas, en caso de que permanezcan dentro de la institución, deberán recibir atención pediátrica, educación inicial y preescolar hasta la edad de 6 años.

22

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación y los artículos 2, 8 y 16 de la Ley de Coordinación para la Educación Superior.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 11, 2008.

Dip.

Sergio Hernández Hernández

(PRD)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que será competencia exclusiva de la autoridad educativa federal, fijar los lineamientos generales a los que deberán sujetarse las autoridades educativas de las entidades federativas, para el otorgamiento del reconocimiento de validez oficial de estudios. Asimismo, que en todo lo no previsto por la Ley de Coordinación para la Educación Superior, se estará a lo dispuesto en la Ley General de Educación.

23

Que reforma y adiciona los artículos 5, 25, 30, 43, 44 y 52 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 26, 2008.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI)

Comisión de Desarrollo Social

Incorporar y definir los términos de emergencia y zona de desastre. Que en caso de ser declarada una zona de desastre o en estado de emergencia por la autoridad competente, el Ejecutivo Federal podrá hacer uso del Fondo de Contingencia Social a fin de destinar, de manera inmediata, recursos que garanticen los derechos para el desarrollo social de la población. Que corresponderá al gobierno federal determinar anualmente las zonas prioritarias, atendiendo las propuestas y opinión que hagan las entidades federativas. Asimismo, facultar a la Comisión Intersecretarial para que pueda solicitar al Ejecutivo Federal haga uso del Fondo de Contingencia Social para la atención de estos casos.

24

Que reforma y adiciona los artículos 25 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1o. del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Joaquín Humberto Vela González

(PT)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público

Establecer que corresponderá  al Estado la rectoría de la economía en México con el objetivo inmediato de reactivar la economía nacional y con el mediato de consolidar la economía de mercado y a las fuerzas productivas. Asimismo, que el pago de impuestos será sin menoscabo de los derechos de los contribuyentes y conforme a los principios de proporcionalidad; equidad; no afectar a la producción ni al sostenimiento o a la generación de empleos e incentivar el desarrollo del mercado interno.

25

Que  reforma y adiciona los artículos 77 Bis 36 y 77 Bis 37 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Miguel Ángel Jiménez Godínez

(Nueva Alianza)

Comisión de Salud

Establecer que los prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios, están obligados a integrar un expediente clínico por paciente atendido, incluyéndose en éste de forma cronológica y serial los documentos escritos, de laboratorio, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales se deberán hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, y deberán ser autorizadas por el paciente o persona que autorice en su nombre y representación.

26

Que reforma los artículos 2 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Carlos Ernesto Navarro López

(PRD)

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que las reglas de operación relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación deberán ser emitidas por el Ejecutivo Federal con la aprobación de la Cámara de Diputados. Que el Ejecutivo deberá enviarlas a más tardar el 11 de noviembre a dicha Cámara para su análisis, dictamen y aprobación, la que deberá enviar el dictamen al Ejecutivo, a más tardar el 21 de noviembre, del mismo año para que éste continúe con los trámites hasta su publicación.

27

Que adiciona el artículo 39 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 4, 2008.

Dip.

Elda Gómez Lugo

(PRI)

Comisión de Desarrollo Social

Crear un sistema nacional de pasantes implementado por la Secretaría de Desarrollo Social con el objetivo de canalizar a los estudiantes de diversas profesiones afines a las políticas y programas de desarrollo social, para cumplir su servicio social obligatorio. Establecer que dicha Secretaría deberá celebrar convenios y acuerdos con la Secretaría de Educación Pública, dependencias y entidades, y universidades públicas y privadas del país a efecto de difundir las áreas y programas en donde sea requerido el servicio social y captar a los solicitantes.  Asimismo,  que  los  estudiantes  que realicen el servicio social en el

Sistema Nacional de Pasantes tendrán derecho a recibir un apoyo económico mensual, precisando que las actividades realizadas no sustituirán  a las plazas existentes donde sean asignados.

28

Que reforma los artículos 23 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y 31 de la Ley General de las Personas con Discapacidad.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Silvia Luna Rodríguez

(Nueva Alianza)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Incorporar como invitados permanentes a la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), con derecho a voz pero no a voto, a un representante de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y a uno del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad. Asimismo, dentro de este último incorporar como miembro al  titular del CONAPRED.

29

Que reforma los artículos 40 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dips.

Javier González Garza, José Antonio Almazán González y Susana Monreal Ávila

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Incorporar el principio del estado laico mexicano entendido como un régimen social de convivencia basado en la tolerancia, en la libertad de cultos, cuyas instituciones políticas están legitimadas por el voto popular y no por elementos de tipo religioso en el que el individuo, en tanto que ciudadano, es el único titular de la libertad de conciencia. Asimismo, establecer la obligación de la Secretaría de Gobernación, a publicar un informe trimestral respecto de la actualización del  padrón de registro de cada una de ellas, así como de sus propiedades, que deberá entregar a la Cámara de Diputados para que esta emita sus observaciones.

30

Que reforma los artículos 15 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y 2 de la Ley del Banco de México.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Manuel Cárdenas Fonseca

(Nueva Alianza)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que la reserva monetaria se deberá destinar exclusivamente a promover el crecimiento económico y el empleo, como una de las finalidades del Banco de México.

31

Que reforma los artículos del 25 al 28 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 11, 2008.

Dip.

Elmar Darinel Díaz Solórzano

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Incluir dentro del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal a la educación para los indígenas, denominándose Fondo de Aportaciones para la Educación Básica, Normal y Educación para los Indígenas.

32

Que adiciona el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reforma y adiciona los artículo 9, 10 y 50 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, adiciona los artículos 4 y 5 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y adiciona los artículos 2 y 141 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 11, 2008.

Dip.

Luis Enrique Benítez Ojeda

(PRI)

Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública y de Justicia

Establecer la obligación de la Secretaría de Seguridad Pública para realizar campañas que fomenten entre la población una cultura de la denuncia de delitos o conductas antisociales, y  mecanismos de recepción expedita personalizada o a distancia de denuncias, querellas o acusaciones. Crear un sistema nacional de denuncias o querellas, independientemente del fuero o ámbito territorial o material de jurisdicción de las autoridades policiales o ministeriales. Asimismo, establecer como competencia del Ministerio Público Federal en la averiguación previa, promover procedimientos que permitan que las denuncias o querellas sean recibidas vía telefónica o por medios remotos, digitales o electrónicos, sin perjuicio de que sean ratificadas personalmente si así lo exigiese la ley procesal aplicable.

33

Que reforma, adiciona y deroga la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Carlos Ernesto Zatarain González (PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Eliminar la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para conocer de controversias constitucionales que se susciten entre 2 poderes de un mismo estado, un estado y uno de sus municipios o 2 órganos de gobierno del Distrito Federal, de la que deberá conocer el órgano superior de justicia de la entidad correspondiente. Establecer la facultad de atracción del Pleno de la SCJN en esta materia, cuando lo soliciten los poderes de un mismo estado, por sí o en conjunto, ó 1 ó mas municipios que formen parte de dichas controversias por sí misma cuando la controversia no se solucionare en el ámbito estatal y genere un riesgo ostensible al orden y la gobernabilidad en la entidad federativa de que se trate.

34

Que reforma el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008

Dip.

Dolores María del Carmen Parra Jiménez

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que en los comprobantes fiscales, el importe total deberá ser consignado en  número y letra.

35

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y del Código de Comercio.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008

Dip.

Octavio Martínez Vargas

(PRD)

 

Y suscrita por los Diputados integrantes de la LX Legislatura

Comisiones Unidas de Vivienda, de Justicia y de Economía

Facultar a la Comisión Nacional de Vivienda para vigilar que la producción habitacional cumpla con los criterios básicos de la vivienda digna y decorosa, que las acciones de vivienda se distribuyan y atiendan de manera equilibrada en todo el territorio nacional, que en los esquemas y mecanismos de financiamiento y subsidios para el otorgamiento de vivienda prevalezca el sentido social de la misma por sobre el aspecto mercantil y expedir normas oficiales mexicanas que garanticen la calidad de la vivienda. Tipificar el delito de fraude inmobiliario como todo acto en el que se pretenda comercializar inmuebles con características deficientes o no aptas para ser habitables, así como establecer las sanciones a las que se harán acreedores quienes cometan dicho delito. Establecer los requisitos que deberán cubrirse por parte de los desarrolladores inmobiliarios para llevar a cabo la comercialización de las viviendas y la obligación de éstos de indemnizar a las familias por los daños que hayan sufrido ya sea en su patrimonio o en su integridad física, derivado de los vicios ocultos o cualquier deficiencia que presente la vivienda.

36

Que reforma el artículo 10 y adiciona el artículo 5 de la Ley de Comercio Exterior.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

 

Y suscrita por Diputadas integrantes de la LX Legislatura

Comisión de Economía

Facultar a  la Secretaría de Economía para promover y fomentar la exportación de productos elaborados por pequeñas y medianas empresas creadas y dirigidas por mujeres. Para emitir disposiciones de carácter general así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordenamientos generales de su competencia. Asimismo, para impulsar la utilización de mano de obra de las mujeres, como parte del contenido nacional o regional que deben certificar los productos que ingresan al país y los que se exportan.

37

Que adiciona los artículos 16 y 21 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Arnulfo Elías Cordero Alfonzo

(PRI)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social para celebrar convenios, en coadyuvancia con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para implantar estímulos fiscales o tarifas preferenciales en la prestación de los servicios públicos,  con base  en  estudios  socioeconómicos  previamente realizados a los

hogares habitados por personas de la tercera edad. Asimismo, establecer que las instituciones públicas de vivienda de interés social, deberán garantizar la construcción de viviendas con adaptaciones arquitectónicas propias para los requerimientos físicos de los adultos mayores.

38

Que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Ramón Barajas López

(PRI)

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que los prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios, están obligados a integrar un expediente clínico por paciente atendido, incluyéndose en este de forma cronológica y serial los documentos escritos, de laboratorio, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales se deberán hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, y deberán ser autorizadas por el paciente o persona que autorice en su nombre y representación.

39

Que reforma los artículos 13, 15, 16, 25, 29, 30 y 32 de la Ley Federal de Defensoría Pública.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Yary del Carmen Gebhardt Garduza

(PRI)

Comisión de Justicia

Establecer que a los migrantes asegurados en estaciones migratorias, se les deberá prestar preferentemente asesoría jurídica. Asimismo, que las unidades investigadoras del Ministerio Público de la Federación, los juzgados y tribunales del Poder Judicial Federal deberán proporcionar en sus locales, ubicación física apropiada y suficiente para la actuación de dichos asesores.

40

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Guillermina López Balbuena

(PRI)

Comisión de Economía

Crear el Centro de Estudios para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, cuyo objetivo principal será proporcionar en forma objetiva, imparcial y oportuna los servicios de apoyo técnico e información analítica en materia de competitividad que les sean requeridos por los miembros del Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Que su titular será designado por las dos terceras partes de los votos de los miembros del Consejo y podrá ser invitado a las sesiones de éste para participar con voz pero sin voto. A su vez, incorporar como uno de los objetivos del Consejo, facilitar el acceso al financiamiento de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas, impulsando como prioritario el apoyo a las zonas rurales y marginadas del país.

41

Que reforma y adiciona el artículo 84, el Título Quinto, los artículos 133 Bis y 136 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 26, 2008.

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros (PRI)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Incluir dentro de las atribuciones de la Junta de Coordinación Política el priorizar los asuntos de la agenda legislativa en los que exista coincidencia entre las agendas presentadas por los Grupos Parlamentarios, la que deberá contener el calendario tentativo para la discusión y en su caso, aprobación de los asuntos, iniciativas, proyectos, minutas o dictámenes. Asimismo, que deberá invitar a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Judicial, a las entidades federativas y a representantes de los sectores privado y social para que remitan sus propuestas y en su caso sean integradas a dicha agenda. Cambiar el nombre del Título Quinto de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, denominado "De la Difusión e Información de las Actividades del Congreso" por el ?De la Difusión, Información y Evaluación de las Actividades del Congreso"; de tal forma que cada Cámara deberá contar con un sistema de evaluación y difusión con el objeto de dar a conocer a la sociedad el desempeño de los trabajos legislativos durante cada periodo de sesiones y al final de cada legislatura, a fin de propiciar su transparencia y mejora continua. Asimismo, que dicho sistema deberá contener indicadores que permitan medir la productividad, la eficiencia, la eficacia y los resultados del trabajo legislativo, los cuales deberán ser difundidos y actualizados permanentemente.

42

Que reforma los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 9 y 33 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

Sergio Hernández Hernández

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que la educación impartida por el Estado deberá promover la universalización de todos los tipos y modalidades educativos en todos sus niveles.

43

Que reforma el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el artículo 6 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y el artículo 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 26, 2008.

Dip.

Enrique Cárdenas del Avellano

(PRI)

Comisiones Unidas de Gobernación, de Seguridad Pública y de Atención a Grupos Vulnerables

Establecer que en los convenios de coordinación que celebre el Ejecutivo Federal  con los gobiernos de los estados, se deberá prever la creación y manejo de una institución penal destinada a la salud y educación de las menores hijas e hijos de las internas. Que será parte del tratamiento,  la salud y educación que reciban las hijas e hijos de las internas en los centros de readaptación social o en su caso en las instituciones educativas correspondientes. Asimismo, que no obstante la madre se encuentre recluida en algún centro de readaptación social, las niñas y niños tienen el derecho de vivir con ella.

44

Que reforma y adiciona los artículos 163, 245, 248 y 258 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 27, 2008.

Dip.

Ramón Valdés Chávez

(Convergencia)

Comisión de Gobernación

Establecer que cuando el propietario de  un partido o su suplente no asistan sin causa justificada a las sesiones del Consejo del Instituto Federal Electoral ante el cual se encuentren acreditados, el partido político no dejará de pertenecer a dicho Consejo, pudiendo sustituir a sus representantes en cualquier momento, inclusive durante el desarrollo del proceso de la jornada electoral. Asimismo, reducir de 13 a 8 días antes de la elección, el plazo para que el partido ejerza su derecho a nombrar dos representantes propietarios y un suplente.

45

Que reforma los artículos 32 y 83 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 27, 2008.

Dip.

María Guadalupe García Noriega

(PVEM)

Comisión de Pesca

Establecer que las actualizaciones integrales de la Carta Nacional Pesquera deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación, así como también las actualizaciones anuales que se hagan a la Carta Nacional Acuícola. A su vez, que podrán publicarse las actualizaciones de las fichas individuales, sin que el total de la carta pierda su validez.

46

Que reforma el artículo 705 del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Marco Antonio Peyrot Solís

(PAN)

Comisión de Justicia

Incluir dentro de las causas de presunción de muerte cuando un individuo encontrándose a bordo de una embarcación o un artefacto naval que naufraguen o se pierdan en la mar, o porque éste caiga al mar y exista fundada presunción de que el desaparecido se encontraba en el lugar del siniestro o catástrofe, bastará el transcurso de 6 meses, contados a partir del trágico acontecimiento, para que el juez de lo familiar declare dicha presunción.

47

De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda "Movimiento Estudiantil del 68".

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 27, 2008.

Dips.

Maricela Contreras Julián y José Alfonso Suárez del Real y Aguilera

(PRD)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda "Movimiento Estudiantil del 68".

48

Que expide la Ley General para la Competitividad de la Actividad Artesanal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 26, 2008.

Dip.

Guillermina López Balbuena

(PRI)

Comisiones Unidas de Economía y de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer como obligación de las secretarías de Economía y de Desarrollo Social favorecer el desarrollo económico y social de la actividad artesanal, promover programas, impulsar la comercialización artesanal a nivel nacional e internacional, proteger las artesanías como patrimonio cultural y reconocer las formas de organización artesanal, con la finalidad de incorporarlas al desarrollo económico y social del país. Asimismo, los derechos de los artesanos y empresas o talleres artesanales.

49

Que reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Manuel Portilla Diéguez

(PVEM)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que en el caso de las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados que conforman el sistema educativo nacional, las plazas de directores y educadores de los niveles de educación básica, media-superior y superior, serán ocupadas por oposición entre los trabajadores de la institución correspondiente, mediante el proceso que el Sistema Nacional de Evaluación Educativa determine. Que, de considerarse desierto el concurso, se podrá convocar a oposición abierta entre todos los directores o educadores del nivel de educación correspondiente de toda la República.

50

Que reforma y adiciona el artículo 48 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Ricardo Cantú Garza

(PT)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que la Secretaría de Educación Pública deberá incluir como obligatorio en el contenido de los planes y programas de estudio del bachillerato y de los Centros de Estudios Tecnológicos, la incorporación de materias que destaquen la enseñanza de la administración de las empresas cooperativas y otras materias afines.

51

Que reforma los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Maricela Contreras Julián

(PRD)

 

A nombre de los integrantes de la Comisión de Equidad y Género

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Cambiar la denominación de la Comisión de Equidad y Género de las cámaras del Congreso de la Unión por la de Comisión para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

52

Que reforma los artículos 2 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Carlos Ernesto Navarro López

(PRD)

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que las reglas de operación relativas al Presupuesto de Egresos de la Federación deberán ser emitidas por el Ejecutivo Federal con la aprobación de la Cámara de Diputados. Que el Ejecutivo deberá enviarlas a más tardar el 11 de noviembre a dicha Cámara para su análisis, dictamen y aprobación, la que deberá enviar el dictamen al Ejecutivo, a más tardar el 21 de noviembre, del mismo año para que éste continúe con los trámites hasta su publicación.

53

Que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Felipe Borrego Estrada

(PAN)

Comisión de Puntos Cosntitucionales

Establecer que los Tribunales Colegiados de Circuito al resolver un caso concreto que decida sobre la inconstitucionalidad de una ley o sobre la interpretación directa de un precepto de la Constitución Federal, podrán solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que emita un pronunciamiento en cuanto al aspecto de constitucionalidad, la cual de estimar que entraña la fijación de un criterio de importancia y trascendencia resolverá lo conducente. Asimismo, que dicho pronunciamiento no afectará las situaciones jurídicas concretas derivadas de los juicios que motivaron la solicitud, tan sólo sentará el criterio que servirá para la solución de casos futuros, conforme a las reglas para la fijación de jurisprudencia establecidas.

54

Que reforma el artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD)

Comisión de Puntos Cosntitucionales

Eliminar el adjetivo de "Supremo"  a la denominación del Poder Ejecutivo de la Unión, a efecto de reiterar que ningún Poder de la Unión es superior a otro.

55

Que reforma el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 26, 2008.

Dip.

Jorge Toledo Luis

 (PRI)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Aumentar el rango de las multas administrativas, de 20 a 20 mil días de salario mínimo a el de 30 a 30 mil días de salario mínimo; el arresto administrativo de 36 horas a 48; previstas para sancionar las violaciones a los preceptos de dicha ley, sus reglamentos y las disposiciones que de ella emanen.

56

Que reforma los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 37 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dips.

Gustavo Macías Zambrano, Miguel Ángel Monraz Ibarra y Omar Antonio Borboa Becerra

(PAN)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia

Eliminar la competencia  de los juzgados de distrito o de los Tribunales Unitarios de Circuito para conocer del juicio de amparo indirecto, de tal forma que solo  conocerá de ésta el tribunal superior que haya cometido la violación que se reclama.

57

Que reforma los artículos 11, 22, 36, 46, 47 y 49 y adiciona los artículos 5 y 50 de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Maricela Contreras Julián

(PRD)

Comisión de Equidad y Género, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear el Observatorio Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres como un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Gobernación integrado por 11 personas con carácter de propietarias, que durarán en su encargo 5 años, dentro de las cuales se elegirá a su titular. Estará encargado del seguimiento, evaluación y monitoreo de la política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres, eliminando las atribuciones correspondientes otorgadas a  la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Que el Observatorio, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, promoverá la integración de observatorios estatales y municipales y en su constitución se propiciará la representación proporcional y equilibrada por sexos, cuyas normas de operación interna deberán responder a las necesidades, demandas, costumbres e interés de cada territorio o demarcación.

58

Que reforma el artículo 12 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 26, 2008.

Dip.

Jorge Toledo Luis

 (PRI)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que los libros de texto gratuitos deberán incluir, además de los contenidos regionales, una edición específica, para distribuirse en el nivel básico, que contenga  la  historia,  cultura  y  organización  indígenas  de  cada entidad,

destacando las aportaciones de los pueblos indígenas en su desarrollo regional y nacional. Que todos los textos se deberán elaborar considerando las propuestas de los gobiernos de las entidades federativas. Asimismo, que la Secretaría de Educación Pública deberá verificar que dichos textos se ajusten a los principios de cientificidad, imparcialidad y pedagogía.

59

Que reforma el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y adiciona el artículo 85 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 1, 2008.

Dips.

Carlos Alberto Navarro Sugich y Carlos Alberto Torres Torres

(PAN)

Comisión de Justicia

Considerar como delitos cometidos por la delincuencia organizada, al que corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles, cuando el volumen del derribo, de la extracción o de la tala, exceda de 2 metros cúbicos de madera. Asimismo, que no se le concederá libertad preparatoria al que ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, y cualquier otro recurso forestal maderable, o tierra procedente de suelos forestales, cuando los recursos forestales maderables provengan de un área natural protegida.

60

Que reforma los artículos 38 y 39 y adiciona los artículos 20 y 23 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 1, 2008.

Dip.

Dolores de María Manuell-Gómez Angulo

(PAN)

Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de la Función Pública

Facultar al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación para establecer vínculos de colaboración con las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, con los congresos de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para prevenir la discriminación. Incluir como parte del patrimonio del Consejo, las  multas y demás liberalidades que reciba y sean pagadas y recibidas. Que podrán ser invitados hasta dos representantes de la Cámara de Diputados y de Senadores a la Junta de Gobierno. Asimismo, que el Consejo podrá imponer en caso de reincidencia en conductas de discriminación indígena, discriminación entre particulares y de empresas de prestación de servicios, una multa de 55 a 99 días de salario mínimo, según la gravedad, recursos que una vez obtenidos se destinarían a la aplicación de políticas para la prevención y eliminación de la discriminación.

61

Que reforma y adiciona los artículos 3, 27, 114 y 115 de la Ley General de Salud y reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dips.

Concepción Ojeda Hernández y Daisy Selene Hernández Gaytán

 (PRD)

Comisiones Unidas de Salud y de Educación Pública y Servicios Educativos

Considerar como materia de salubridad general la prevención y control de los trastornos alimenticios. Asimismo, incluir esta materia dentro de los programas de  las secretarías de Salud y de Educación Pública, entidades federativas y del Distrito Federal, a fin de dar atención a dicha problemática, promoviendo la participación en los mismos de los organismos nacionales e internacionales cuyas actividades se relacionen con trastornos alimentarios, la nutrición, alimentos, y su disponibilidad, así como de los sectores sociales y privado.

62

Que reforma los artículos 58 y 82 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 27, 2008.

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisión de Desarrollo Social

Incorporar a un consejero de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a uno del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación, dentro del Consejo Consultivo de Desarrollo Social y del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

63

Que reforma los artículos 5, 73 y 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 3 de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y expide la Ley General de Colegios de Profesionistas.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 3, 2008.

 

Dip.

Manuel Portilla Diéguez

(PVEM)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer la colegiación como requisito para poder ejercer una profesión. Asimismo, las bases para el ejercicio de la profesión en lo que respecta a la obtención del registro, así como normar el registro y existencia de los colegios de profesionistas.

64

Que reforma los artículos 73, 115 y 116, se adicionan los artículos 73 y 115 y se deroga la fracción XIX, y el numeral 5 de la fracción XXIX del artículo 73; y la fracción IX del artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 3, 2008

Dip.

Jacinto Gómez Pasillas

(Nueva Alianza)

Comisión de Puntos Constitucionales

Eliminar la facultad del Congreso de la Unión, para legislar en materia de contribuciones especiales, y la de fijar las reglas a que deba sujetarse la ocupación y enajenación de terrenos baldíos y el precio de éstos. Incluir la facultad de expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos estatales y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección y administración del patrimonio nacional. Establecer que los gobiernos estatales harán partícipe al gobierno federal del rendimiento de las contribuciones especiales que generen, en la proporción que las leyes secundarias determinen. Que las legislaturas locales fijarán el porcentaje correspondiente a los municipios, en sus ingresos por concepto del impuesto sobre energía eléctrica. Asimismo, facultar a los estados para celebrar convenios de carácter administrativo con otros estados en la ejecución de políticas públicas y prestación de servicios públicos.

65

Que adiciona el artículo 6 Bis, y se deroga la fracción VII del artículo 7 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisión de Participación Ciudadana

Eliminar la obligación que tienen las organizaciones de la sociedad civil de inscribir en el Registro Federal de Organizaciones la denominación de las redes de las que forme parte, así como cuando deje de pertenecer a las mismas, para poder acceder a los apoyos y estímulos que otorgue la Administración Pública Federal dirigidas al fomento de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil. Integrar una base de datos sobre aquellas organizaciones de la sociedad que no se encuentren legalmente constituidas y tengan un trabajo de más de 6 años a favor de causas sociales, para ser contempladas dentro de un esquema de apoyos que les permitan cubrir los trámites necesarios para su registro legal y la designación de su correspondiente Clave Única de Inscripción (Cluni) en el Registro, con el objetivo de fomentar efectivamente la participación ciudadana organizada. Asimismo, que corresponderá al Consejo Técnico Consultivo del Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil el emitir los lineamientos de inscripción para dichas organizaciones

66

Que reforma la fracción V del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo II. Febrero 28, 2008.

Dip.

Humberto Dávila Esquivel

(Nueva Alianza)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que el pago de pensiones alimenticias podrá ser a favor de la esposa o  esposo o de la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la demanda, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

67

Que reforma y adiciona los artículos 380, 396, 401 Bis-3, 418 y 428 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 3, 2008.

Dip.

Maricela Contreras Julián

(PRD)

Comisión de Salud

Establecer que se les podrá revocar las autorizaciones que haya otorgado la autoridad sanitaria a los establecimientos que dan servicios o tratamientos de rehabilitación   por   drogadicción  o  alcoholismo,   cuando  del  resultado  de  la

verificación se establezca que el interesado o sus dependientes han permitido o violentado los derechos humanos de las personas a las cuales les prestan dichos servicios.

68

Que expide la Ley de la Zona Federal Marítimo-Terrestre, Playas, Terrenos Ganados al Mar o Cualquier Depósito de Aguas Marítimas.

 

Publicación en GP: Anexo VI. Abril 3, 2008.

Dip.

Luis Sánchez Jiménez

(PRD)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Regular la protección, uso, aprovechamiento, control, administración, inspección y vigilancia de la zona federal marítimo terrestre, playas, terrenos ganados al mar o cualquier depósito de aguas marítimas.

69

Que adiciona el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 78 y 80 del Código de Comercio y reforma el artículo 28 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP: Anexo III. Abril 1, 2008.

Dip.

Lourdes Quiñones Canales

(PRI)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Economía

Precisar que las convenciones de tipo mercantil que se refieran a la contratación de un servicio, deban hacerse de manera expresa señalando claramente que el consumidor acepta adquirirlo, así como el tiempo y el costo exacto del mismo, así como sobre cualquier modificación que se pretenda hacer del servicio en cualquier momento, ya que de lo contrario el consumidor quedará exento de cualquier obligación frente a la empresa otorgante. Equiparar al delito de fraude, la realización de cobros indebidos en los términos del párrafo anterior sobre servicios o productos que el cliente o usuario no hubiese solicitado de manera expresa, las presiones de afectar su historial crediticio o de cualquier otra índole, o la afectación del mismo. Asimismo, modificar el sistema de nombramiento del procurador federal del Consumidor para que éste sea nombrado a través de una convocatoria ciudadana y aprobado por las tres cuartas partes del Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

70

Que reforma los artículos 71, 78 y 83 de la Ley de Vivienda.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Sergio Augusto López Ramírez

(PVEM)

Comisión de Vivienda, con opinión de la Comisión de  Recursos Hidráulicos

Establecer que en el desarrollo de las acciones habitacionales en sus distintas modalidades y en la utilización de recursos y servicios asociados, se deberá considerar además, que las viviendas cuenten con los servicios de tratamiento, reuso y, en su caso, desalojo de aguas residuales, así como garantizar el ahorro de agua.

71

Que reforma los artículos 5 y 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 5 y deroga el artículo 7; la fracción I del artículo 149; las fracciones III y IV del artículo 180 y la fracción II del artículo 181 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y abroga la Ley del Servicio Militar.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Miguel Ángel Jiménez Godínez

(Nueva Alianza)

 

Y suscrita por los Diputados integrantes de la LX Legislatura

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Defensa Nacional

Eliminar la obligación de los ciudadanos mexicanos de recibir instrucción cívica y militar, así como de alistarse y servir en la Guardia Nacional, precisando que los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos pertenecen al servicio militar voluntario.

72

Que reforma el artículo 307 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Guadalupe S. Flores Salazar

(PRD)

Comisión de Salud, con opinión de la Comisión de  Radio, Televisión y Cinematografía

Establecer que la publicidad televisiva de bebidas no alcohólicas especialmente refrescos, deberá estar dirigida a una población mayor de 18 años, prohibiendo todos los anuncios de este productos en programas que ven regularmente grupos de niñas, niños y adolescentes menores a esta edad.

73

Que reforma la fracción XI del artículo 14 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 1, 2008.

Dip.

Pedro Montalvo Gómez

(PRI)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer como atribución exclusiva de las autoridades educativas federal y locales, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Cooperativas Escolares, promover en todos los establecimientos educativos públicos y privados, el consumo de productos de buena calidad nutricional, tanto en su presentación sólida como líquida, naturales y envasados. Que mediante la coordinación entre las autoridades educativas y sanitarias, así como de las asociaciones de padres de familia se deberá impulsar el conocimiento y la práctica de buenos hábitos alimenticios para que los educandos accedan a ellos desde su hogar o en los centros educativos. Asimismo, establecer como obligación de la Secretaría de Educación Pública elaborar un manual de buenos hábitos alimenticios, que distribuirá gratuitamente entre los alumnos, personal docente y padres de familia.

74

Que reforma los artículos 2, 6, 76, 93 y 94 de la Ley General de Población.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Alberto Amaro Corona

(PRD)

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Establecer que la Secretaría de Gobernación deberá impulsar y promover, en coordinación con los poderes ejecutivos y legislativos locales, así como con el Poder Legislativo federal, el establecimiento de las dependencias responsables de la política migratoria en las entidades federativas, así como que cada una de las dependencias de las 32 entidades federativas deberá contar con un representante responsable de la política migratoria.

75

Que reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y expide el Reglamento para la Inscripción con Letras de Oro en el Muro de Honor de la honorable Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 3, 2008.

Dips.

Víctor Samuel Palma César y Carlos Ernesto Zatarain González

(PRI)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Establecer el procedimiento y los criterios a seguir para la inscripción el Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados. Asimismo, precisar que la  Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para dictaminar propuestas sobre las inscripciones en el Muro de Honor, deberá seguir el procedimiento previsto en el Reglamento antes citado.

76

Que reforma el artículo 61 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Rosa Elva Soriano Sánchez

(PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer una jornada laboral de 6 horas para las personas con discapacidad que tengan problemas de locomoción o sean invidentes.

77

Que reforma los artículos 185, 218, 220 y 421, adiciona el artículo 219 de la Ley General de Salud y reforma el artículo 68 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Fernando Enrique Mayans Canabal

(PRD)

Comisiones Unidas de Salud y de Radio, Televisión y Cinematografía

Establecer que los envases de toda bebida alcohólica en su presentación ostenten una leyenda en la que refiera: "El abuso en el consumo de alcohol produce enfermedades, provoca accidentes y causa la muerte". Prohibir a todo establecimiento que se dedique a la venta al público de bebidas alcohólicas, la aplicación de sistemas de venta, consumo o expendio con descuento en precio o promoción, que induzcan al consumo excesivo o inmoderado de las mismas, así como a las difusoras publicitar bebidas alcohólicas con exageración y combinarla o alterarla con propaganda de educación higiénica y de mejoramiento de la nutrición; y la de emplear a menores de 18 años de edad en esta clase de publicidad.

78

Que reforma y adiciona los artículos 2, 27, 42, 43 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Aleida Alavez Ruiz

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Reconocer a los territorios indígenas como una nueva categoría de administración territorial. Establecer que las leyes que expida el Congreso de la Unión deberán incluir la regulación, administración y ordenación territorial, incluido tanto los asentamientos humanos como los espacios destinados a los usos, reservas y destinos de tierras, aguas, recursos forestales y demás sistemas ambientales, así como la creación de nuevas categorías territoriales como los territorios indígenas y las administraciones metropolitanas.

79

Que expide la Ley del Instituto Nacional para la Prevención y el Tratamiento de las Adicciones.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 3, 2008.

Dip.

Carlos Ernesto Zatarain González

(PRI)

Comisiones Unidas de Salud y de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear el Instituto Nacional para la Prevención y el Tratamiento de las Adicciones como un ente descentralizado adscrito a la Secretaría de Salud, cuyos objetivos serán el estudio, prevención, tratamiento y rehabilitación de las personas adictas a las drogas, el tabaco y el alcohol, así como la coordinación de todos los programas públicos y con el sector privado, en las acciones orientadas a esos mismos objetivos. Establecer premios o reconocimientos materiales y morales a las personas naturales o jurídicas que apoyen sustancialmente o se hayan destacado en la lucha por prevenir el consumo de drogas, tabaco y alcohol. Asimismo, la obligación de la Secretaría de Educación Pública de implementar en la educación básica y en el nivel medio superior, de escuelas públicas y privadas, el estudio de los riesgos del uso indebido de drogas, tabaco y de bebidas alcohólicas.

80

Que reforma el artículo 20 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008

Dip.

María del Carmen Salvatori Bronca

(Convergencia)

Comisión de Justicia

Establecer que tratándose de reincidencia, al momento de definir la situación jurídica del  indiciado, el juez podrá incrementar la sanción de que se trate hasta con un tercio adicional a la pena impuesta. A su vez, el juez deberá tomar en cuenta la reincidencia para, en su caso, denegar los beneficios de libertad procesal o anticipada de sentencia firme e incluso la conmutación de sanciones. Asimismo, que la reincidencia no será tomada como base para la reparación del daño.

81

Que adiciona el artículo 84 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, y el artículo 4 Bis de la Ley de la Propiedad Industrial.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008

Dip.

Jesús Sesma Suárez

(PVEM)

Comisiones Unidas de Cultura y de Economía

Prever que cuando se realicen concursos, convocatorias o invitaciones a participar mediante la realización de una obra o creación, los participantes al inscribirse no autoricen expresamente al Comité Organizador para utilizar sus obras o creaciones, en cualquier acto de difusión, o bien si en las bases de participación se omita si el Comité Organizador estará obligado a reconocer en todo momento la autoría de la obra, los autores deberán ser representados por un interventor en materia de derechos de autor o de propiedad intelectual, designado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor o por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, según corresponda. Asimismo, que las personas que funjan como jurados, comisiones calificadoras o encargados de la recepción y acopio en ningún caso podrán apropiarse de las obras o creaciones de los trabajos que no ganaron y que fueron objeto del registro del interventor en materia de derecho de autor.

82

Que adiciona los artículos 43 y 172 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, el artículo 2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10,2008.

Dip.

Blanca Luna Becerril

(Nueva Alianza)

Comisiones Unidas de Energía, de la Función Pública y de Justicia

Establecer que en los casos de inconformidad con las resoluciones emitidas por las autoridades competentes por anomalías en la prestación de servicios por parte de Luz y Fuerza del Centro, así como por las presuntas responsabilidades de los servidores públicos adscritos a la misma por deficiente atención o irregularidades en la realización de sus labores, el interesado podrá presentar ante la Procuraduría Federal del Consumidor una queja o denuncia, sin que el agotamiento de esta instancia sea una condicionante que imposibilite al consumidor acudir directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

83

Que reforma el artículo 14 Bis y adiciona el artículo 14 Bis 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Rosa Elva Soriano Sánchez

(PRD)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Incorporar el principio de descentralización en la implementación de acciones y establecimiento de programas en materia ambiental. Que se  incorpore a las autoridades ambientales de los gobiernos estatales y del Distrito Federal dentro de  un órgano intergubernamental encargado de coordinar acciones, analizar e intercambiar opiniones en materia ambiental, así como  evaluar y dar seguimiento a las mismas, sustituyendo al actual órgano establecido. Que los gobiernos de los estados y del Distrito Federal deberán establecer órganos análogos con las autoridades ambientales municipales y delegacionales, respectivamente, para la atención de las acciones ambientales correspondientes. Que en las sesiones anuales del órgano intergubernamental, se deberán presentar las propuestas de cada entidad federativa que hayan sido aprobadas en las sesiones de los órganos locales sobre acciones que requieren presupuesto para coadyuvar en la descentralización ambiental. Asimismo, que en el Presupuesto de Egresos de la Federación se deberá incluir un apartado para el fortalecimiento de acciones ambientales para las entidades federativas y los municipios.

84

Que reforma y adiciona los artículos 5, 13, 60 Bis, 68, 102 y 105 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Lorena Martínez Rodríguez

(PRI)

 

Y suscrita por los Diputados integrantes de la LX Legislatura

Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, con opinión de la Comisión de Equidad y Género

Precisar la competencia del Instituto Nacional de las Mujeres. Que la radio y la televisión deberán procurar impulsar una cultura de equidad, igualdad, respeto y no discriminación entre mujeres y hombres. Aumentar el rango de multa de 500 a 5000 pesos al de 1000 a 10000 pesos por infracciones a Ley Federal de Radio y Televisión.

85

Que reforma el artículo 171 de la Ley General de Salud y el artículo 42 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dips.

Verónica Velasco Rodríguez y Ana María Ramírez Cerda

(PVEM)

Comisiones Unidas de Salud y de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que los integrantes del Sistema Nacional de Salud, deberán coadyuvar con las autoridades educativas para desarrollar acciones orientadas a la promoción, protección y atención de la salud física y mental de las niñas, niños, adolescentes y ancianos víctimas de violencia familiar, explotación o abuso sexual y cualquier forma de maltrato o abandono, así como precisar las acciones correspondientes.

86

Que reforma y adiciona los artículos 31 y 68 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10,  2008.

Dip.

Cruz Pérez Cuéllar

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que en el procedimiento de enajenación, tratándose de gobiernos que opten por la compraventa, no se considerará el mayor valor de recuperación posible para la enajenación de los bienes. Asimismo, facultar al Servicio de Administración  y  Enajenación  de  Bienes  para  emitir  dictamen  en  el caso de

bienes sobre los que exista oferta de compra presentada por alguna de las instituciones autorizadas para recibir donativos deducible en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

87

Que reforma los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 5, y del 55 al 60 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Daniel Dehesa Mora

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Desarrollo Social

Crear el Consejo Nacional de Política Económica y Social como un órgano constitucional autónomo consultivo del Gobierno Federal y del Congreso de la Unión, integrado pluralmente por 60 consejeros representantes de los sectores público, académico, de los trabajadores, empresarios y de la sociedad civil, cuyo objeto será contribuir al diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas en materia de desarrollo económico y social.

88

Que reforma y adiciona el artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dips.

Elda Gómez Lugo y Wenceslao Herrera Coyac

(PRI)

Comisión de Asuntos Indígenas

Incluir dentro de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas al presidente del Consejo Consultivo y a un integrante de origen indígena del Consejo Consultivo, diferente a su presidente.

89

Que reforma y adiciona los artículos 28 Bis y 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Francisco Elizondo Garrido

(PVEM)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Establecer que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos  Naturales (SEMARNAT), pondrá a disposición del público usuario los criterios técnicos ecológicos para la evaluación del impacto ambiental, mismos que deberá actualizar cada 3 años. Asimismo, que la SEMARNAT podrá exigir a los promoventes el otorgamiento de seguros o garantías para el cumplimiento de las condicionantes establecidas en la autorización y en los casos en que se produzcan daños graves a los ecosistemas por la realización de las obras en sus diversas etapas.

90

Que reforma y adiciona los artículos 44 y 49 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

María Sofía Castro Romero

(PAN)

 

Y suscrita por Diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Comisión de Equidad y Género

Establecer que los datos registrados en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, serán remitidos a la autoridad competente para ser incorporados en la base de datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Asimismo, que el Ejecutivo estatal propondrá en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la entidad federativa, asignar una partida presupuestaria para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Sistema antes citado y del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

91

Que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Ana Yurixi Leyva Piñón

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Establecer un solo periodo ordinario para que sesione el Congreso de la Unión, el cual  iniciará el 1 de septiembre y terminará el 31 de mayo del año siguiente, pudiendo acordar ambas cámaras poner fin al periodo antes de la fecha indicada.

92

Que reforma el párrafo tercero de la fracción tercera del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 8, 2008.

Dip.

Lorena Martínez Rodríguez

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Incluir la figura del convenio o acuerdo de constitución de asociación municipal, en el que el municipio pueda convenir con otros ayuntamientos aledaños pertenecientes a la misma entidad federativa o de otros estados de la federación, con la sola aprobación de las dos terceras partes de los integrantes del cabildo municipal sin que tenga que recurrir a la autorización de la legislatura local correspondiente, cuando exista la finalidad de impulsar proyectos que les permitan lograr una mayor integración económica, social y territorial, con el objeto de dar sustento a proyectos detonadores del desarrollo regional en beneficio de los habitantes de sus comunidades.

93

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Ana María Ramírez Cerda

(PVEM)

Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que las autoridades federales en el ámbito de sus respectivas competencias deberán procurar que los medios de comunicación masiva elaboren programas de carácter educativo y recreativo, así como campañas preventivas que difundan las formas de protección contra las conductas y hechos relacionados con la violencia, prostitución, pornografía y explotación sexual infantil. Asimismo, que la autoridad educativa federal deberá procurar que en  la contraportada de los libros de texto gratuito se difundan los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.

94

Que reforma y adiciona el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008

Dip.

Luis Enrique Benítez Ojeda

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que al inculpado no se le hará  saber el nombre de su acusador en los casos de delitos cometidos por la delincuencia organizada, entendiendo al acusador como el miembro de la delincuencia organizada que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de otros miembros de la misma. Que las  víctimas u ofendidos menores de edad no estarán obligados a carearse cuando se trate de los delitos antes mencionados. Asimismo, que los jueces, peritos, testigos, víctimas y demás personas que intervengan en un procedimiento penal sobre dichos delitos, así como sus familias, deberán recibir apoyo y protección suficientes por parte de la Procuraduría General de la República.

95

Que adiciona el artículo 119 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Gilberto Ojeda Camacho

(PRI)

Comisión de Salud

Establecer que la Secretaría de Salud y los gobiernos estatales podrán disponer y verificar que se cuente con información actualizada que permita pronosticar las variaciones del comportamiento climático, para prevenir e implantar medidas de atención a las poblaciones afectadas por dichas alteraciones.

96

Que reforma y adiciona los artículos 1 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, 15 de la Ley del Servicio Militar y 11 y 15 de la Ley General de Protección Civil.

 

Publicación en GP: Anexo II. Marzo 25, 2008.

Dip.

José Antonio Arévalo González

(PVEM)

Comisiones Unidas de Defensa Nacional y de Gobernación

Establecer que el Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos deberán auxiliar a la población en cuestiones de protección civil. Que para cumplir con este objetivo, a los individuos que les corresponda cumplir con el servicio militar, deberán recibir adiestramiento como parte del Programa Nacional de Protección Civil y colaborar en el Sistema Nacional de Protección Civil. Asimismo, que las unidades estatal, municipal, del Distrito Federal y delegacional de protección civil deberán asignar un centro de acopio de víveres y albergues susceptibles de ser utilizados en caso de riesgo, emergencia o desastre.

97

Que  reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008.

Dip.

Mónica Arriola

(Nueva Alianza)

Comisión de Juventud y Deporte

Establecer que las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y  municipales deberán prever medidas disciplinarias y de prevención para salvaguardar y  garantizar la integridad de los  deportistas  miembros del Sistema

Nacional de Cultura Física y Deporte. Como finalidad del Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento, apoyar la preparación de los deportistas de alto rendimiento mediante la creación de centros especializados, donde podrán entrenar, con servicios de apoyo nutricional, médicos y psicólogos, así como programas para prevenir el consumo de sustancias peligrosas para la salud y el uso de métodos no reglamentarios. Asimismo, considerar como infracciones muy graves, la actuación negligente de los entrenadores y personal especializado que lleven a los deportistas al límite de sus capacidades físicas y mentales sin el seguimiento médico adecuado.

98

 

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008.

Dip.

Leonardo Magallón Arceo

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Reconocer los derechos humanos y establecer como obligación del Estado, garantizar su protección, incluyendo los contemplados en los tratados ratificados por los Estados Unidos Mexicanos.

99

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 11 y un libro tercero a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Narcizo Alberto Amador Leal

(PRI)

Comisión de Justicia

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 23 de octubre de 2008 (GP:03/11/08), se modificó el turno a la Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Gobernación.

Considerar a las empresas de comunicación social, y a los titulares de los espacios noticiosos de éstas, como autoridades para efecto del juicio de amparo, exclusivamente cuando se trate de la obstrucción al ejercicio del derecho de réplica. Que serán competentes para conocer de toda obstrucción a este derecho, los jueces de distrito. Asimismo, establecer el procedimiento que deberá seguir el quejoso para realizar su demanda contra cualquier empresa de comunicación social que emita públicamente alusiones contra su persona y que no permita ejercer su derecho a la réplica.

100

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Francisco Javier Murillo Flores

(PAN)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Crear la figura de director multiescuela de escuelas multigrado, con el fin de mejorar la calidad de la educación en las zonas con mayor desventaja, entendiéndose a dichas escuelas como aquellas donde los docentes atienden a alumnos de diversos grados en el aula que les corresponde.

101

Que reforma el artículo 152, y adiciona los artículos 16, 71 y 113 de la Ley General de Población.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008.

Dip.

Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Establecer que en las inspecciones de entrada y salida del país de nacionales o extranjeros y en las estaciones migratorias se deberá dar atención prioritaria y especial a las mujeres que se encuentren en estado de gestación, que lleven consigo menores de 5 años, indígenas, personas con discapacidad, adultos mayores o que requieran de apoyos especiales para su movilidad en dicho proceso. Asimismo, que los empleados de la Secretaría de Gobernación que realicen prácticas discriminatorias o que atenten contra la integridad física o psicoemocional de nacionales o extranjeros que entren o salgan del país serán sancionados con la suspensión de su empleo hasta por 30 días o destitución en caso grave.

102

Que reforma el segundo párrafo del artículo 1 y adiciona un Capítulo IV a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Obdulio Ávila Mayo (PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Crear un capítulo denominado ?De las Prácticas de Cobranza de las Entidades Financieras y Comerciales", para reconocer como derechos legítimos y convergentes el cobro de saldos a favor de las instituciones financieras y comerciales, y el respeto a la integridad y dignidad de los deudores usuarios de servicios financieros. Que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros deberá supervisar y vigilar que las prácticas de cobranza se realicen en forma razonable por parte de las instituciones financieras y comerciales.

103

Que reforma la fracción VII del artículo 167 de la Ley Aduanera.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

María Dolores González Sánchez

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que tratándose de un procedimiento de cancelación de patente, las autoridades aduaneras, una vez transcurrido el plazo de 4 meses sin que se notifique la resolución, quedarán sin efectos las actuaciones de la autoridad que dieron inicio a dicho procedimiento, salvo que su prolongación se deba al ejercicio de defensa del agente aduanal.

104

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Héctor Manuel Ramos Covarrubias

(PAN)

Comisión de de Recursos Hidráulicos

Establecer la obligatoriedad de utilizar agua residual tratada para todo  concesionario, permisionario y asignatario, donde exista la infraestructura necesaria y la calidad del agua se encuentre dentro de los límites establecidos por las Normas Oficiales Mexicanas aplicables. Que, sólo en el caso en que la autoridad de agua determine que dicha agua no pueda ser reusada ya sea por su calidad o porque su cantidad excede los requerimientos, deberá utilizarse en la recarga de los acuíferos, principalmente en aquellos con sobrexplotación y en última instancia, en los demás cuerpos receptores de la nación.

105

Que expide la Ley del Sistema Nacional para la Competitividad y adiciona los artículos 21 de la Ley de Planeación y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 10, 2008

Dip.

Mariano González Zarur

(PRI)

 

Y suscrita por los Diputados integrantes de la LX Legislatura

Comisiones Unidas de Economía,  de Hacienda y Crédito Público y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear el Sistema Nacional para la Competitividad con el objeto de coordinar las acciones y la creación, evaluación e implementación de programas, políticas y medidas para fomentar y elevar la competitividad del país. Asimismo, el Consejo Nacional para la Competitividad que será la instancia superior de coordinación de dicho sistema, el cual deberá contar con la representación de los sectores público, privado y social; dependencias federales, ambas cámaras del Congreso de la Unión con voz pero sin voto, autoridades locales, organismos empresariales, trabajadores, universidades y centros de investigación. Que el secretario de Economía será el presidente de dicho consejo y representará al Poder Ejecutivo Federal, y deberá proponer al Consejo Nacional para la Competitividad la designación del secretario técnico del Sistema Nacional para la Competitividad y, en su caso, removerlo libremente.

106

Que reforma el artículo 7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Íñigo Laviada Hernández

(PAN)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Precisar los conceptos de ecosistema forestal inducido, y nativo de forestación, ordenación forestal, plantación forestal comercial, programa de manejo forestal sustentable, recursos forestales, rendimiento sostenido, restauración forestal, rodal, saneamiento forestal, sanidad forestal, servicios ambientales forestales y profesionales forestales, silvicultura, sustentabilidad forestal, terreno preferentemente forestal, terreno temporalmente forestal, unidad de manejo forestal, uso doméstico, vegetación forestal y vegetación exótica.

107

Que reforma los artículos 2, 36, 80 y 86 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Carlos Alberto Torres Torres y Alma Hilda Medina Macías

(PAN)

Comisión de Juventud y Deporte

 

Incluir dentro de las finalidades de la Ley General de Cultura Física y Deporte la recuperación de espacios e instalaciones públicas, para destinarlos a dichas actividades, para lo cual la Comisión Nacional del Deporte deberá promoverlas ante las instancias de gobierno correspondientes.

 

108

Que reforma los artículos 132 y 134 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008.

Dip.

Francisco Antonio Fraile García

(PAN)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer como obligacion de los patrones, instalar y operar los centros de trabajo de acuerdo con las disposiciones establecidas en los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia se seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como difundir en los centros de trabajo sobre los riesgos y peligros a los que están expuestos los trabajadores y las medidas de prevención que deberán adoptarse.

109

Que reforma los artículos 76 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008.

Dip.

Esmeralda Cárdenas Sánchez y Claudia Sánchez Juárez

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar a los estados para celebrar acuerdos de cooperación internacional para el desarrollo,  así como al Senado de la República para aprobarlos.

110

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008.

Dips.

Esmeralda Cárdenas Sánchez y Claudia Sánchez Juárez

(PAN)

Comisiones Unidas de Justicia y de Gobernación

Facultar al Tribunal Federal Electoral, a la Sala Superior y las salas regionales, para resolver respecto de la no aplicación de leyes sobre la materia electoral que sean contrarias a la Constitución. Que  los efectos de las resoluciones que se dicten en el ejercicio de esta facultad se limitarán al caso concreto sobre el que verse el juicio, quedando obligadas las salas del tribunal a informar sobre estos casos  a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. A su vez, que los secretarios generales de la sala superior y de las  salas regionales, deberán llevar un registro de las sentencias relativas a dichas controversias en materia electoral. Asimismo,  que se establezca el procedimiento por medio del cual se dará cumplimiento y se ejecutarán las resoluciones de las salas del tribunal electoral así  como de las medidas de apremio y de las correcciones disciplinarias que imponga.

111

Que reforma el artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008.

Dip.

Carlos Bracho González

 (PAN)

 

 Y suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del PAN

Comisión de Puntos Constitucionales

Aumentar de 3 a 6 años, el periodo en que habrán de celebrarse elecciones para elegir a los diputados que integren la Cámara de Diputados.

112

Que reforma la fracción I del Decreto por el que se establece el horario estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008.

Dips.

Lilia Guadalupe Merodio Reza y César Horacio Duarte Jáquez

(PRI)

Comisión de Energía

Establecer que el municipio de Juárez, en el estado de Chihuahua quedará sujeto al meridiano 105 grados por ubicación y 90 grados por horario estacional, desde las dos horas del segundo domingo de marzo y concluirá a las dos horas del primer domingo de noviembre de 2008.

113

Que reforma el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 17, 2008.

Dip.

Alan Notholt Guerrero

(PVEM)

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar de manera exclusiva al Senado de la República y en sus recesos a la Comisión Permanente, para otorgar permiso al Presidente de la República para que pueda ausentarse del país.

114

Que reforma el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008.

Dip.

José Martín López Cisneros

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Reducir  de 5 a 3 años el plazo que tienen las autoridades fiscales para determinar las contribuciones o aprovechamientos omitidos y sus accesorios, así como para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales. Asimismo, que se aplique esta misma reducción para los casos de responsabilidad solidaria de los liquidadores y síndicos, por las contribuciones que debieron pagar a cargo de la sociedad en liquidación o quiebra y aquellas que se causaron durante su gestión.

115

Que adiciona un artículo 233 Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Luis Enrique Benítez Ojeda

(PRI)

Comisión de Salud

Establecer que las etiquetas o empaques de los medicamentos que se comercialicen o distribuyan en territorio nacional, deberán contener en lenguaje braille el nombre del producto, la sustancia activa, el precio y la fecha de caducidad, para que las personas invidentes puedan identificar dichas características.

116

Que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008.

Dip.

José Martín López Cisneros

(PAN)

Comisión de Seguridad Social

Incorporar que tendrán derecho a la pensión de viudez, el esposo, concubino o la persona con quien haya vivido como si fuera su cónyuge la asegurada o pensionada por invalidez, eliminando el requisito de dependencia económica.

117

Que reforma y adiciona los artículos 109 y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Gerardo Octavio Vargas Landeros

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que los ciudadanos podrán formular denuncias respecto de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho. Que los ciudadanos contarán con el apoyo y la protección por parte del Estado, de tal forma que las leyes sobre responsabilidades administrativas de dichos servidores deberán prever medidas de protección al respecto.

118

Que reforma el artículo 59 de la Ley Aduanera.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008.

Dip.

José Martín López Cisneros

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que para registrarse ante Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos, se deberá precisar qué personas físicas fungen como su representante legal para todos los efectos y trámites correspondientes, debiendo exhibir el documento con el cual dichas personas físicas acrediten sus facultades, así como copia de su identificación oficial que contenga domicilio, fotografía y firma.

119

Que reforma y adiciona los artículos 52 a 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8, 11 y 14 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 15, 2008

Dip.

Wenceslao Herrera Coyac

(PRI)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación

Integrar una circunscripción nacional indígena en los distritos electorales donde se asiente 40% y más de población indígena, en la que los partidos deberán postular en cada una de las fórmulas, por lo menos, un candidato indígena para la elección de diputados federales. Asimismo, que los partidos deberán registrar a 16 candidatos indígenas, propietarios o suplentes, al Senado en los primeros lugares de sus listas de representación proporcional.

120

Que reforma el artículo 201 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008

Dip.

José Martín López Cisneros

(PAN)

Comisión de Seguridad Social

Otorgar un trato de igualdad al varón y a la mujer respecto de los derechos de servicio de guardería.

121

Que expide la Ley del Archivo General de la Administración Pública Federal, adiciona la fracción XIX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma los artículos 29, 32 y 37 la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 17, 2008

Dip.

Luis Enrique Benítez Ojeda

 (PRI)

Comisiones Unidas de Gobernación y de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear el Archivo General de la Administración Pública Federal como un organismo descentralizado del Estado, no sectorizado, con sede en la Ciudad de México, que tendrá por objeto ser la entidad asesora del Ejecutivo Federal y especializada en el estudio y dictamen sobre las cuestiones relativas a la calificación y utilización de los documentos de la Administración Pública Federal y de los organismos vinculados o dependientes de ella, así como su integración en los archivos y el régimen de acceso e inutilidad administrativa de los documentos, con excepción de aquellos que por su naturaleza histórica correspondan al Archivo General de la Nación.

122

Que reforma el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008

Dip.

José Martín López Cisneros

(PAN)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que el trabajador podrá elegir entre ser reinstalado o indemnizado, como resultado de ejercer la acción por despido injustificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

123

Que reforma los artículos 2 y 13, y adiciona el artículo 3 y un Capítulo 5 Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Leticia Díaz de León Torres

(PAN)

Comisión de Salud

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 25 de junio de 2008 (GP:07/07/08), se modificó el turno a la Comisión de Salud, con opinión de la Comisión de Equidad y Género.

Crear un capitulo denominado "Atención Integral de la Salud de la Mujer? para definir cuáles serán los servicios de salud proporcionados a la mujer por el Sistema Nacional de Salud, así como los lineamientos de dicha atención, la que será considerada  como materia de salubridad general.

124

Que expide la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Distrito Federal y deroga diversas disposiciones de las leyes Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, Orgánica de la Administración Pública Federal, y de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Benjamín González Roaro

(PAN)

Comisiones Unidas de la Función Pública, del Distrito Federal y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Actualizar las disposiciones reglamentarias del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo relativo al Distrito Federal en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos del Distrito Federal, de las acciones preventivas para garantizar el adecuado ejercicio del servicio público, las obligaciones en el servicio público, las responsabilidades y sanciones administrativas en el servicio público, las autoridades competentes y los procedimientos para aplicar dichas sanciones, así como del registro patrimonial de los servidores públicos.

125

Que adiciona un párrafo cuarto al artículo 11 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

José Martín López Cisneros

 (PAN)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Establecer que los diputados y senadores al concluir cada año del periodo legislativo que corresponda, deberán conocer del estado que guardan las demarcaciones que representan y atienden a la sociedad, debiendo informar a la ciudadanía que las actividades legislativas, de representación o gestión que hubieran realizado durante ese año. Asimismo, que el contenido de los informes realizados será con fines informativos, educativos y de orientación social y por ello no podrán ser considerados en ningún caso, como propaganda o promoción personalizada ni como actos de precampaña.

126

Que reforma el artículo 5 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008

Dip.

Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda

 (PRI)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Establecer que la integración del Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales funcionará con base en los principios de coordinación y descentralización de atribuciones y desarrollo de capacidades institucionales de las entidades federativas. Asimismo, que la federación deberá promover la realización de convenios de coordinación para transferir a las entidades federativas el control y la regulación en materia ambiental que convenga, en función del interés manifiesto de los estados, del desarrollo de sus capacidades técnicas y operativas y la adecuación de su propio marco legal.

127

Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008

Dip.

Martha Hilda González Calderón

 (PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Elevar a nivel constitucional que los adolescentes tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Asimismo, que el Estado deberá otorgar facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de su derechos.

128

Que reforma y adiciona el artículo 13 y adiciona un 15 Bis al Código Civil Federal.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008

Dip.

César Horacio Duarte Jáquez

 (PRI)

Comisión de Justicia

Establecer que el gobierno de México deberá declinar obtener la jurisdicción de sus tribunales estatales o federales, cuando un mexicano o extranjero dentro del territorio nacional, fuese dañado en su persona o propiedad por utilizar productos elaborados, diseñados o fabricados en el extranjero o bien, por haber sufrido daños personales o en su propiedad, en cualquier accidente o percance de cualquier índole o naturaleza. Que esta declinación surtirá efectos legales cuando los mexicanos o extranjeros en territorio nacional o en el extranjero, hayan optado por ejercer sus derechos en tribunales extranjeros.

129

Que reforma y adiciona los artículos 49, 74, 75, 77, 79, 108 y 109 del Código Federal de Procedimientos Penales y adiciona dos párrafos al artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 22, 2008

Dip.

Luis Enrique Benítez Ojeda

 (PRI)

Comisión de Justicia

Establecer que los exhortos, las citaciones y las notificaciones podrán realizarse por correo electrónico y deberán contener la firma digital de la autoridad que la emite, siempre que las partes que intervengan en un juicio ya sea en materia civil o penal, lo soliciten por escrito y proporcionen una dirección de correo electrónico para tal efecto.

130

Que reforma el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Mayra Gisela Peñuelas Acuña

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que para ser Presidente de la República se deberá ser hijo de padre y madre mexicanos por nacimiento.

131

Que reforma los artículos 12 a 15, y adiciona una fracción VII al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Juan Carlos Velasco Pérez

(PRI)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Definir y precisar el trabajo subordinado y las obligaciones de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, de las autoridades locales del trabajo y de las personas físicas o morales en esta materia. Crear el ?Padrón Nacional de Personas Físicas o Morales que participen en la Subcontratación de Servicios y Trabajos?, así como establecer la multa correspondiente para las personas físicas o morales que participen en subcontrataciones que violen dichas obligaciones.

132

Que expide la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 29, 2008

Dips.

Marco Antonio Peyrot Solís y Gerardo Buganza Salmerón

 (PAN)

Comisión de Marina, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Regular la navegación, las embarcaciones de todo tipo, incluidas las destinadas al comercio internacional y el transporte de personas, las empresas navieras, los navieros, las empresas armadoras, los armadores, los operadores, la seguridad de la vida humana en el mar, la prevención de la contaminación del medio marino, así como los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio marítimo.

133

Que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4 y 6 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Erick López Barriga

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Crear un tercer periodo de sesiones ordinarias en el Congreso de la Unión que comience el 1 de junio del año legislativo correspondiente y no podrá prolongarse más allá del 15 de agosto de ese año.

134

Que reforma y adiciona el artículo 7 de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Ramón Barajas López

 (PRI)

Comisión de Agricultura y Ganadería

Establecer que los gobiernos de los estados podrán crear una Comisión Estatal de Bioenergéticos, encargada de suscribir los convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, Distrito Federal y de los municipios, con el objeto de establecer las bases de participación para la promoción y desarrollo de los bioenergéticos.

135

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 9 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Silvia Emilia Degante Romero

(PAN)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que cada órgano gubernamental deberá realizar las acciones necesarias que le permitan contar, entre el total de sus trabajadores, con al menos 1% de trabajadores con discapacidad. Que la discapacidad de sus trabajadores deberá estar certificada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en coordinación con la Secretaría de Salud.

136

Que reforma y adiciona los artículos 16, 41 y 42 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Carlos Ernesto Navarro López

 (PRD)

Comisión de Desarrollo Rural

Establecer que entre las previsiones presupuestarias necesarias para la instrumentación del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, se deberá contemplar obligatoriamente, un mínimo equivalente al 1% del monto total del presupuesto asignado al Programa Especial Concurrente para capacitación y asistencia técnica, que será ejercido a través del Sistema Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Rural Integral, para atender la demanda de la población rural y sus organizaciones.

137

Que reforma y adiciona los artículos 31 de la Ley General de Salud y 77 de la Ley de la Propiedad Industrial.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Lorena Martínez Rodríguez

(PRI)

Comisiones Unidas de Salud y de Economía

Establecer que la Secretaría de Economía, con la participación de la Secretaría de Salud, deberá asegurar la adecuada distribución y comercialización, así como fijar los precios máximos de venta al público de los medicamentos, fármacos, materias primas, aditivos, materiales, productos de origen biológico o substancias análogas semisintéticas, mediante el establecimiento de políticas tendientes a fortalecer la competencia y promover una mayor eficiencia en la cadena de abasto de medicinas y transparencia sobre precios de compra de medicamentos y de insumos. Asimismo, que dichas secretarías podrán convocar a las empresas farmacéuticas fabricantes o titulares de los derechos de patente o licencia, a llevar a cabo acuerdos de conciliación comercial con el fin de garantizar el acceso a los mismos.

138

Que reforma el segundo párrafo del artículo 59 y la fracción VIII del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

María Soledad Limas Frescas

(PAN)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que las madres trabajadoras que tengan hijos cursando la educación básica, podrán acordar con el patrón un esquema de horarios flexibles que les permitan atender sus responsabilidades familiares.

139

Que expide la Ley de Pensión Universal para las Personas de Setenta Años de Edad o Más.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Víctor Gabriel Varela López

 (PRD)

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear una ?Pensión Universal para las Personas de Setenta Años de Edad o Más? que no podrá ser inferior a 50% de un salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Que su organización, administración y entrega estará a cargo del Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Salud, así como de las entidades federativas.

140

Que adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Beatriz Pagés Llergo Rebollar

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que la prevención de desastres naturales y la protección civil son parte integral de la Seguridad Nacional, de tal forma que el Estado deberá impulsar políticas públicas que promuevan el desarrollo sustentable, la protección al ambiente, la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la salud pública con el objeto de prevenir desastres naturales, pandemias y fenómenos meteorológicos y climáticos que puedan poner en riesgo a la población.

141

Que reforma y adiciona los artículos 34 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Dolores de María Manuell-Gómez Angulo

(PAN)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Establecer que cuando los presidentes de las comisiones de trabajo o de los comités del Congreso de la Unión se ausenten por más de 45 días naturales de su encargo, la Junta de Coordinación Política deberá proponer al Pleno el nombramiento de un presidente sustituto, respetando su designación por el mismo Grupo Parlamentario al que le pertenecía.

142

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Silvia Oliva Fragoso

(PRD)

Comisiones Unidas de Justicia y de Comunicaciones

Transferir el delito de violación de correspondencia postal al Código Penal Federal, agregando a la que se envíe por mensajería o paquetería, así como precisar la que se considerará como delito de revelación de secretos.

143

Que adiciona un artículo 10 Bis a la Ley Federal de Defensoría Pública.

 

Publicación en GP: Anexo II. Abril 24, 2008

Dip.

Elda Gómez Lugo (PRI)

Comisión de Justicia

Establecer que cuando el  indiciado o inculpado sea indígena, el Instituto Federal de Defensoría Pública deberá asignarle un defensor público, sin necesidad de solicitud previa por parte del inculpado, quien deberá hablar la lengua del inculpado, y el Ministerio Público no podrá tomarle la declaración preparatoria al indiciado sin la presencia de su defensor.

144

Que reforma el primer párrafo y deroga el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Alejandro Delgado Oscoy

 (PAN)

Comisión de la Función Pública

Establecer que los partidos políticos harán pública su información de conformidad con lo previsto por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y las que, en lo conducente, resulten aplicables conforme al reglamento que expida el Instituto Federal Electoral.

145

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dips.

Ramón Félix Pacheco Llanes y Daniel Dehesa Mora

 (PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Incorporar diversos derechos sobre jornada laboral, salarios, prestaciones y sobre las condiciones del ambiente laboral para los médicos residentes en periodos de adiestramiento en alguna especialidad, así como otras obligaciones sobre la conducta que deban observar durante  su residencia, y causales de rescisión de la relación laboral y obligaciones especiales de los patrones.

146

Que reforma el artículo 60 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Patricia Villanueva Abraján

 (PRI)

Comisión de Justicia

Incluir el tipo penal de aborto dentro de los delitos considerados como culposos.

147

Que reforma la fracción LVI del artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Dolores María del Carmen Parra Jiménez

(PAN)

Comisión de Recursos Hidráulicos

Incluir dentro del concepto de agua para uso domestico, que ésta será para consumo humano y de aseo personal.

148

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Rafael Villicaña García

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que las legislaturas de los estados determinarán los montos máximos de los sueldos y compensaciones que deberán percibir los presidentes municipales, síndicos y regidores municipales en cada año de ejercicio administrativo, debiendo tomar en cuenta la situación económica, demográfica y territorial de cada uno de los municipios.

149

Que reforma y adiciona el artículo 250 bis del Código Penal Federal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 29, 2008

Dip.

Patricia Villanueva Abraján

 (PRI)

Comisión de Justicia

Calificar como delito grave la usurpación de la personalidad, imponiendo de 3 a 6 años de prisión y multa de 200 a 400 días de salario mínimo al que utilice el nombre de otra persona para sí, o cualquiera de los datos inherentes a la personalidad, con el objeto de obtener algún beneficio.

150

Que expide la Ley Agraria que reforma la del 26 de febrero de 1992.

 

Publicación en GP: Anexo IX. Abril 29, 2008

Dip.

Ramón Ceja Romero

 (PAN)

 

Y suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del PAN

Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Desarrollo Rural, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Ampliar las facultades y tareas de la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA) en lo relativo al desarrollo productivo y social del sector agrario, en materia de promoción de la organización y capacitación de los sujetos agrarios, fomento de la inversión, de la investigación científica agraria y del aprovechamiento conjunto de predios y parcelas. Crear el Servicio Nacional de Fe Pública Agraria a cargo de la SRA y establecer lo relativo a su organización. Establecer los principios organizativos con base en los cuales han de integrarse y funcionar, los requisitos de constitución, estructuras, normas internas o estatutos, derechos y obligaciones de los socios y formas superiores de integración de las figuras básicas en sociedades de segundo y de tercer nivel. Ampliar los derechos de la mujer y de la familia campesina en lo concerniente a los derechos patrimoniales y sucesorios, así como reglamentar el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 27 Constitucional para la protección de los derechos de pueblos y comunidades indígenas. Asimismo, adecuar el procedimiento judicial agrario seguido ante los tribunales.

151

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo IX. Abril 29, 2008

Dip.

Pablo Trejo Pérez

 (PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Establecer que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá impulsar la adopción de medidas temporales destinadas a fomentar la participación de la mujer en el empleo, en la actividad sindical y en los programas de capacitación y adiestramiento de manera que contribuyan a corregir en los hechos los factores de discriminación por género, denominadas acciones afirmativas. Asimismo, que en las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento deberán participar por partes iguales mujeres y varones, tanto en la representación de los trabajadores como del patrón.

152

Que reforma y adiciona el artículo 219 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP: Anexo IX. Abril 29, 2008

Dip.

Lourdes Quiñones Canales

 (PRI)

 

Y suscrita por Diputados integrantes de la LX Legislatura

Comisión de Gobernación

Establecer que los partidos políticos deberán incluir en sus estatutos cuotas de género a fin de implantar acciones positivas y normas compensatorias que impulsen el desarrollo político de las mujeres. Asimismo, que todo acuerdo o norma posterior que tenga por objeto eliminar, modificar o atentar en contra de la participación política de las mujeres no será aplicable.

153

Que reforma los artículos 3, 59, 100, 104, 112, 167, 168, 173, 174, 175, 177, 178, 180 y 300 de la Ley General de Salud y el artículo 12 de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP: Anexo IX. Abril 29, 2008

Dip.

Gerardo Buganza Salmerón

 (PAN)

Comisión de Salud

Sustituir los términos invalidez e inválidos por el de discapacidad o personas con discapacidad, en las referencias sobre las personas que padecen deficiencias físicas, mentales o sensoriales de manera general.

154

Que expide la Ley Federal sobre los Derechos de las Madres Solteras o Solas y de las Mujeres en Estado de Violencia.

 

Publicación en GP: Anexo IX. Abril 29, 2008

Dip.

Pablo Trejo Pérez

 (PRD)

Comisión de Equidad y Género, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Definir y establecer los derechos de las madres solteras. Asimismo, las sanciones correspondientes por actos de discriminación que se realicen contra una madre soltera o sus hijos ya sea en el ámbito laboral, educativo, civil o cualquier otro que se traduzca en la afectación de sus derechos legalmente consagrados, especialmente cuando se despida del trabajo a una madre embarazada soltera o sola sin causa justificada.

155

Que reforma el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

José Rosas Aispuro Torres

 (PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer la fórmula para la constitución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, así como que el presupuesto que haya sido asignado no podrá ser menor en comparación con el aprobado el año inmediato anterior.

156

Que adiciona un párrafo a la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Mirna Cecilia Rincón Vargas

 (PAN)

Comisión de Equidad y Género

Establecer que cuando los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, de la sociedad civil y/o los internacionales, que soliciten la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres, el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres realizará los estudios y el análisis necesarios para resolver si ha lugar a la procedencia de ésta, a efecto de que en un plazo no mayor a 30 días naturales, si es el caso, se haga la declaración  correspondiente.

157

Que reforma y adiciona los artículos 32-H, 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Érick López Barriga

 (PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para determinar aquellos sectores de la economía que, en un momento dado, puedan incrementar el riesgo de ser utilizados por organizaciones criminales como instrumentos para lavar los productos que estas obtengan, para requerir y recabar información, los sujetos que pueden ser responsables del incumplimiento de las obligaciones respectivas y las sanciones que deben imponerse por tal incumplimiento.

158

Que reforma los artículos 3, 55, 120, 150, 178, 179, 180 y 183, y se adiciona los artículos 179 Bis y 179 Tris de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Israel Beltrán Montes

 (PRI)

Comisión de Desarrollo Rural

Diferenciar los productos básicos de los estratégicos, precisando los que conforman cada grupo. Asimismo, establecer que la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable, con la participación del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y, en su caso, mediando la propuesta de los Comités de los Sistemas-Producto de los productos básicos o productos estratégicos que se establezcan, deberá determinar anualmente las condiciones, modalidades y términos para el fomento y promoción de la producción y abasto de los productos básicos y estratégicos.

159

Que expide la Ley General de Protección y Estímulo al Nopal y sus Derivados.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Irineo Mendoza Mendoza

 (PRD)

Comisión de Agricultura y Ganadería, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer la obligación del Estado de proteger y estimular la producción del nopal y sus derivados, en todas sus variedades vegetales. Constituir la Comisión Nacional del Nopal, como órgano descentralizado regulador de las actividades económicas de que se desprendan de su uso y derivados; garantizar la producción y valor agregado del cultivo; fomentar e impulsar el apoyo técnico y financiero a las organizaciones de productores para que se proteja y se aproveche la producción del nopal y sus derivados; regular y coadyuvar en la coordinación entre las instancias de tres niveles de gobierno, centros de investigación académicos y las organizaciones de la sociedad civil a fin de brindar mayor protección a la planta del nopal y sus derivados.

160

Que reforma y adiciona el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Gustavo Cárdenas Monroy

 (PRI)

Comisión de Transportes

Establecer que los permisionarios de los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal de carga deberán presentar ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para su aprobación, un plan de viaje de transporte de carga, el cual deberá incluir la descripción de ruta señalando los caminos federales, estatales y municipales por donde deban circular, conforme a las características físicas y especificaciones técnicas señaladas en la Norma Oficial Mexicana respectiva.

161

Que reforma los artículos 98 y 148 del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Rosa Elva Soriano Sánchez

 (PRD)

Comisión de Justicia

Aumentar de 16 a 18 años la edad mínima para poder contraer matrimonio.

162

Que reforma el artículo 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Roberto Badillo Martínez

 (PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Precisar a nivel constitucional las misiones del Ejército y de la Armada de México.

163

Que expide la Ley que Crea la Universidad del Conocimiento.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Fernando Enrique Mayans Caníbal

 (PRD)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear la Universidad del Conocimiento, como organismo descentralizado que tendrá por objeto: impartir enseñanza media superior y superior de licenciatura, posgrado, maestría y doctorado, en las modalidades escolarizada, a distancia y extraescolar vinculada al desarrollo de comunidades rurales y urbanas; desarrollar tareas programas y proyectos de investigación, humanística, científica y tecnológica; contribuir a la preparación técnica de los trabajadores y campesinos y a su organización a través de programas específicos de desarrollo que integren a la escuela con la comunidad y su entorno; prestar servicios de asesoría a los sectores público, social y privado, a estados y municipios que lo soliciten, dentro de sus posibilidades y sin desatender sus tareas propias de docencia, investigación y difusión de la cultura; realizar actividades productivas para fabricar y vender productos tecnológicos y manufacturas, siempre y cuando estas actividades no impidan o entorpezcan la función principal de la Universidad; contribuir al fortalecimiento del Poder Legislativo, preparando programas de capacitación para el trabajo legislativo, proyectos de organización y planes de estudios parlamentarios a solicitud del Congreso de la Unión o de los congresos locales.

164

Que adiciona  un párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Irene Aragón Castillo

 (PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que los niños, niñas y adolescentes son titulares de todos los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales. Que las leyes, instituciones y políticas relacionas con la infancia y adolescencia tendrán como principios rectores el interés superior del niño y adolescente, la autonomía progresiva, el derecho a la supervivencia y el desarrollo integral y el principio de prioridad, así como que todas las decisiones de cualquiera de los niveles de gobierno y de los distintos poderes estarán orientadas por estos principios.

165

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, de la Ley Agraria y de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Isidro Pedraza Chávez

 (PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación,  de Desarrollo Rural, de Reforma Agraria y de Agricultura y Ganadería

Crear una Oficina de Enlace y Gestión Gubernamental que deberá realizar trámites en cumplimiento de los programas a cargo de la secretaría que represente; que estará en constante comunicación con las entidades federativas, con el Poder Legislativo, de tal forma que las secretarías de Estado y los departamentos administrativos no podrán crear delegaciones en las entidades federativas ni regiones geográficas que abarquen una o más de una entidad federativa. Desaparecer a la Secretaría de la Reforma Agraria y que sus funciones las ejerza la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación que se denominaría Secretaría de Desarrollo Rural y Soberanía Alimentaria.

166

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios y de la Ley Agraria.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

Isidro Pedraza Chávez

 (PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Reforma Agraria

Incluir dentro de las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión nombrar al Procurador Agrario.

167

Que reforma y adiciona los artículos 2, 73, 115, 116, 121 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo X. Abril 29, 2008

Dip.

María Elena Torres Baltazar

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer como obligación del Estado mejorar las condiciones de las comunidades indígenas y sus espacios para la convivencia y recreación, mediante programas y acciones orientados a garantizar su derecho a la vivienda digna y decorosa, el acceso al financiamiento público y los apoyos privados complementarios, para la construcción y mejoramiento de vivienda, apoyando los procesos de producción social de dichas comunidades , así como ampliar la calidad y cobertura de los servicios sociales básicos. Asimismo, que el Congreso

de la Unión deberá legislar en materia de ordenamiento territorial y expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de ordenamiento territorial y asentamientos humanos.

168

Que reforma los artículos 43 y 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dip.

Adriana Dávila Fernández

(PAN)

 

Y por diversos Diputados del Grupo Parlamentario del PAN y de Nueva Alianza

Comisión de Comunicaciones

Establecer que para la operación e interconexión de redes públicas de telecomunicaciones se deberá utilizar el segundo como medida de tiempo para calcular la contraprestación económica por la prestación efectiva de dichos servicios.

169

Que reforma y adiciona los artículos 28, 32, 33, 39 y 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Publicación en GP: Anexo v. Abril 30, 2008

Dips.

Erick López Barriga y Humberto Zazueta Aguilar

(PRD)

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer que en la información administrativa del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación deberá presentarse un desglose hasta nivel de concepto y partida presupuestal. Que el apartado específico de erogaciones plurianuales para proyectos de inversión en infraestructura deberá incluir de manera detallada, las proyecciones anuales para todo el periodo que aplique de las principales variables correspondientes a cada proyecto de inversión. Que las erogaciones correspondientes al gasto en servicios personales, deberán incluir un analítico de plazas correspondiente a los ejecutores de gasto con el detalle del número de plazas, según los distintos niveles, así como su costeo mensual y anual, el cual deberá llegar hasta cada unidad responsable de gasto correspondiente.

170

Que reforma y adiciona los artículos 79 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dips.

Gerardo Sosa Castelán y Víctor Samuel Palma César

 (PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que a través de su Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, la Cámara de Diputados coordinará y conocerá los programas y resultados que corresponden a la entidad de fiscalización superior de la federación. Elevar a nivel constitucional las clases de auditorías que ejercen los entes superiores de fiscalización. Asimismo, incorporar al Poder Judicial de la Federación como sujeto a las revisiones que le realice la entidad de fiscalización superior de la federación, ya sea de gestión financiera o sobre el desempeño para revisar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales a su cargo.

171

Que reforma y adiciona los artículos 114, 115 y 216 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dip.

Carlos Alberto Puente Salas

(PVEM)

Comisión de Salud, con opinión de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Establecer que cuando los programas de alimentación del gobierno federal, en los cuales la Secretaría de Salud evidencie en la disponibilidad de alimentos que la región padece estrés hídrico, éstos deberán privilegiar el consumo de agua, en las entidades cuyo consumo del vital liquido sea limitado o bien desplazado por el consumo de bebidas altas en azúcares y causantes de enfermedades. Que, junto a la Secretaría de Educación Pública deberá establecer las necesidades mínimas de nutrimentos que deberán cumplir las bebidas para su venta en las tiendas escolares de nivel básico y medio superior. Asimismo, que los refrescos o bebidas carbonatadas altas en azúcares, que se pretendan expender o suministrar al público en presentaciones que sugieran al consumidor quitar la sed, deberán en las etiquetas o envases incluir la siguiente leyenda: "El abuso en el consumo de este producto puede causar obesidad".

172

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes de Aguas Nacionales, General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y Federal de Derechos.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dip.

María Mercedes Colín Guadarrama

 (PRI)

Comisiones Unidas de Recursos Hidráulicos, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público

Definir los conceptos de ?uso de acuacultura? y de ?uso de paso?. Eliminar las reservas "vedas" en el otorgamiento de concesiones o permisos para el uso y explotación de aguas nacionales en actividades acuícolas que sólo impliquen el uso de "paso de agua". Asimismo, reducir el pago de derechos por la obtención de una concesión para el uso de aguas de paso para el desarrollo de actividades acuícola en aguas interiores.

173

Que reforma y adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dip.

Carlos Alberto Puente Salas

(PVEM)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Incluir a la enajenación de vehículos híbridos dentro de los cuales se aplica una tasa del 0% para el cálculo del impuesto al valor agregado.

174

Que expide la Ley General del Ejercicio del Derecho de Petición.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dip.

Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda

(PRI)

Comisión de la Función Pública, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer y regular las bases y el procedimiento de las peticiones que se realicen por parte de los ciudadanos a los órganos de gobierno. Que sean sujetos de su aplicación el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las legislaturas locales, y las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal.

175

Que reforma y adiciona los artículos 195 y 216 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dip.

Carlos Alberto Puente Salas

(PVEM)

Comisión de Salud

Establecer que las normas oficiales mexicanas que se promulguen para los efectos de medicamentos y demás insumos para la salud, en ningún caso omitirán señalar las precauciones necesarias de salud y de nutrición contra el sobrepeso y la obesidad que deberán cumplir los etiquetados de bebidas no alcoholizadas. Asimismo, que las bebidas denominadas "refrescos" deberán declarar en su etiquetado los ingredientes que pueden causar obesidad.

176

Que reforma y adiciona los artículos 18 y 64 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

 

Publicación en GP: Anexo V. Abril 30, 2008

Dip.

Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda

(PRI)

Comisión de Comunicaciones

Incluir dentro del contenido del título de concesión sobre bandas de frecuencias del espectro para uso de telefonía celular,  cláusulas de seguridad; así como la obligación de los concesionarios de  dar de alta a los usuarios en un registro, dar de baja por robo o extravío, deshabilitar el chip, permitir mediante orden judicial, a las autoridades correspondientes, acceder a los movimientos de los usuarios de los celulares, así como que se habiliten los equipos con mecanismos que permitan la ubicación digital de su posicionamiento geográfico. Asimismo, la obligación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de inscribir en el Registro de Telecomunicación, los datos de los usuarios de telefonía celular.

177

Que adiciona el capítulo II al Título Tercero a la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

 

Publicación en GP: Anexo VIII. Abril 30, 2008

Dip.

Adolfo Mota Hernández

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Crear un capítulo denominado ?Del Servicio Social? para establecer el Departamento del Servicio Social con la finalidad de dotar al Servicio de Administración Tributaria de un grupo de estudiantes de carreras afines que estén en posibilidad de prestar y acreditar su servicio social sujetos a un proceso permanente de capacitación y desarrollo integral, con base en un esquema de remuneraciones y prestaciones que coadyuven al cumplimiento óptimo de su

objetivo que será la verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias de  los  contribuyentes  que  se considere  prioritario verificar. Asimismo, que  de la recaudación adicional que se obtenga como resultado de dicha verificación se le deberá participar el 10% a las instituciones educativas de las que provengan los prestadores de servicio social, en proporción al número de estudiantes de cada institución educativa que participen en el resultado de la recaudación adicional de los contribuyentes de su jurisdicción.

*    Sin intervención en tribuna

**  Conforme a lo publicado en el Anexo I de la Gaceta Parlamentaria del 15 de mayo de 2008.

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