DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. COMUNICACIONES

a) De la Comisión de Trabajo.

2. OFICIOS

a) Del Servicio de Administración Tributaria.

b) De la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal.

3. DECLARATORIA DE REFORMA CONSTITUCIONAL

4. PERMISO CONSTITUCIONAL

a) De Cónsul Honorario.

5. MOVIMIENTOS DE CC. LEGISLADORES

a) De Licencias.

6. INICIATIVAS

7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De ratificación de nombramiento. Como Cónsul General.

b) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

c) De permiso constitucional. Para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario.

d) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

e) Con puntos de acuerdo.

8. TOMA DE PROTESTA DE LEY

9. PROPOSICIONES

10. PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

11. EXCITATIVA

a) Para dictaminar iniciativas.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

COMISIÓN PERMANENTE DEL SEGUNDO RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 13, de Julio 30, 2008.

 

                7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                            d) De permisos constitucionales. Para aceptar y usar condecoraciones.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Primera Comisión

 

Publicación en GP del Senado:

30 de julio de 2008.

Que concede permiso al General Brigadier D.E.M. Cruz Isaac Muñoz Navarro, para que pueda aceptar y usar la medalla de la Defensa Nacional "Categoría Oro", que le otorga el gobierno de la República de Francia.

 

Proceso Legislativo:

Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado el 16 de julio de 2008.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 23 de julio de 2008.

 

Decreto:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al General Brigadier D.E.M. Cruz Isaac Muñoz Navarro, para que pueda aceptar y usar la medalla de la Defensa Nacional "Categoría Oro", que le otorga el Ministerio de la Defensa del Gobierno de la República de Francia.

a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

b) Aprobados en votación nominal por 23 votos y 5 abstenciones.

c) Pasan al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

2

Que se concede permiso al Guardiamarina C.G. Jesús Sosa Espinosa, para que pueda aceptar y usar la distinción "Servicio Distinguido" de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, que le otorga el Ejército de la República de Cuba.

 

Proceso Legislativo:

Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado el 16 de julio de 2008.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 23 de julio de 2008.

 

Decreto:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al Guardiamarina C.G. Jesús Sosa Espinosa, para que pueda aceptar y usar la distinción "Servicio Distinguido" de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, que le otorga el Ejército de la República de Cuba.

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